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Andalucía

El TC inadmite la petición de Rafael Gómez de anular su condena

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado la admisión a trámite del recurso de amparo presentado por la defensa del empresario y ex edil del Ayuntamiento de Córdoba Rafael Gómez, contra su ingreso en prisión para cumplir una pena de cinco años y tres meses de cárcel. Según informaron a Europa Press fuentes del alto tribunal, en la providencia se detalla que "se inadmite a trámite porque no ha justificado de forma suficiente la especial trascendencia constitucional del recurso", que, según las fuentes, "es uno de los requisitos que exige la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para que admita a trámite y, por tanto, estudie y dicte sentencia sobre un recurso de amparo".

Gómez ingresó en el Centro Penitenciario de Alcolea a principios del mes de diciembre mientras está pendiente del indulto solicitado, que ha de resolverse en el plazo máximo de un año. La sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba consideró probado que el empresario cometió dos delitos, ambos en 2006. El primero a través de Arenal 2000, al dejar de ingresar a Hacienda 25,5 millones reduciendo la factura fiscal. El segundo, a través de Arenal 2001, siendo la cantidad defraudada de 3,2 millones y con un método similar. En el fallo se subraya que "quien realmente tomaba las decisiones y llevaba las riendas del grupo era Gómez, mientras que su esposa e hijos eran meros empleados del entramado empresarial", estimando que "realmente no tenían conocimiento de la marcha y decisiones de las empresas del grupo, limitándose a firmar los documentos que se le ofrecían".

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