El TS anula el fallo que llevó a Ricardi a prisión por violación

El portuense fue condenado a trece años de cárcel por una agresión sexual que no cometió · Su abogada tacha de desvergüenza el "tremendo" error judicial

Rosa Romero / Cádiz

24 de julio 2009 - 05:04

El Tribunal Supremo(TS) ha despachado en tan sólo ocho folios uno de los errores más vergonzantes del sistema judicial español: la condena por violación de Rafael Ricardi Robles, el portuense que ha estado casi 13 años encarcelado por un delito que no cometió.

Y lo ha hecho sin admitir error alguno, amparándose en lo que denomina "nuevos elementos de prueba", el informe del Instituto Nacional de Toxicología de julio de 2008 que determinó que en los restos de la agresión sexual imputada a Ricardi, la de una joven en la urbanización de Valle Alto, en El Puerto, en agosto de 1995, se había hallado ADN de los dos jerezanos a los que la Policía Nacional ya apuntaba desde abril de 2008, Fernando Plaza y Juan Baños. De ahí que en el fallo, se recoja que "debemos declarar y declaramos haber lugar al recurso de revisión", por lo que "debemos declarar y declaramos la nulidad" de la sentencia que condenó a Ricardi.

En esos breves folios en los que se ventila el aterrador fallo cometido, se alude al que sin duda es un elemento clave en la historia de este error judicial, otro informe de Toxicología, fechado nada menos que ocho años atrás, cuando Ricardi llevaba tan sólo cuatro años en la cárcel (entró en noviembre de 1996, tras el juicio en el que lo condenaron), en el que ya se decía de forma taxativa que "se puede descartar que en la gasa existan células pertenecientes a Rafael Ricardi", como se había apuntado en 1995.

Tras ello, la sentencia da un importante salto en el tiempo, pasando a referirse a las investigaciones emprendidas por la Policía de Cádiz y de El Puerto para aclarar las agresiones sexuales ocurridas en aquella zona que reunían características especiales. Es decir, de un párrafo a otro han transcurrido ocho años, sin recogerse en ningún momento en la sentencia ese amplio plazo de tiempo transcurrido.

Su abogada, la letrada de Derechos Humanos que le asiste de forma gratuita, Antonia Alba, a raíz del nuevo giro policial que dio su caso, en abril de 2008, ha venido sosteniendo que con su defendido se ha cometido un error garrafal, que ya era conocido en el año 2000, no en el año 2008. De ahí que ayer, en declaraciones a este diario, no ocultara su indiganción por la sentencia del Supremo, al considerar que no entra en ningún momento en el fondo de la cuestión, además de enterarse por los medios de comunicación del fallo del Supremo, que aún no les ha sido notificado. "Otra desvergüenza más del sistema judicial", resumió la letrada.

Por su parte, el máximo responsable del Cuerpo de la Policía Nacional en la provincia de Cádiz, José María Deira, se congratuló ayer de la sentencia del Supremo sobre el caso de Ricardi. "Me parece muy bien, aunque ha tardado mucho. Pero lo que importa es que se restituya al fin su nombre" "Si era inocente, no tenía por qué pagar", agregó Deira, quien aprovechó para puntualizar que "las sentencias hay que aceptarlas y recurrirlas si no se está de acuerdo con las vías que contempla la Ley". Otra prueba más del desastre es que ha habido tres personas encausadas por un delito que cometieron dos: Ricardi y los jerezanos Plaza y Baños.

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