La descentralización pendiente

Tribuna de opinión

Una Andalucía con unos ayuntamientos fortalecidos no tiene que implicar una Andalucía debilitada, porque la comunidad no es sólo la Junta, sino la suma de sus ciudades y pueblos

Manuel Clavero  Arévalo - Presidente del Consejo Editorial del Grupo Joly

28 de febrero 2006 - 05:00

A los veintisiete años de la vigencia de la Constitución puede decirse que la descentralización en las comunidades autónomas esta consolidada, ya que en 1982 estaban todas constituidas, mientras que está pendiente todavía la descentralización del Estado y sobre todo de las comunidades autónomas en los ayuntamientos. Tarea no fácil porque sobre el régimen local tienen competencia el Estado, a nivel de leyes de bases, y las comunidades autónomas, a nivel de leyes de desarrollo, también porque el Estado y las comunidades autónomas tienen respectivas competencias legislativas sobre las competencias de los ayuntamientos y diputaciones y asimismo porque estos no tienen capacidad de iniciativa para poner en marcha un proceso de descentralización municipal. A estas dificultades hay que añadir que la descentralización en los ayuntamientos ha de ser necesariamente asimétrica por la distinta población de los mismos.

Esta segunda descentralización se ha intentando canalizar a través del Pacto Local con el Estado promovido por la Federación Española de Municipios pero junto a él se abrieron diecisiete procesos de negociación con las comunidades autónomas para alcanzar Pactos Locales a nivel autonómico, con lo cual, como ha dicho Orduña Rebollo, la aspiración de concluir un Pacto de Estado en esta materia no ha tenido los resultados esperados (Municipios y Provincias. Madrid 2003, página 693).

Hay que recordar que muchos ven en la segunda descentralización un debilitamiento de la comunidad autónoma, ante el fortalecimiento de los ayuntamientos, pero en una Andalucía con unos ayuntamientos fortalecidos no tiene que implicar una Andalucía debilitada porque Andalucía no es sólo la Junta de Andalucía sino la suma de ciudades y pueblos de su territorio y además porque no se pueden contemplar las descentralizaciones a niveles inferiores como un debilitamiento de la Administración que se descentraliza ya que ello conduciría a un modelo de Estado centralizado para evitar que las comunidades autónomas lo debilitaran. La segunda descentralización es urgente porque muchos ayuntamientos tienen dificultades financieras, están entrampados y a veces el pagar las nóminas les supone un gran esfuerzo.

La descentralización en los ayuntamientos ha de ser necesariamente asimétrica por la distinta población de los mismos

Los dos grandes temas que plantea la descentralización municipal son el de las competencias a transferir y el de la financiación.En cuanto a las primeras beneficia a los ayuntamientos el principio de subsidiariedad, tan proclamado por la Unión Europea a través del Derecho Comunitario y del propio Tratado para una Constitución Europea que le dedica especial atención. Este principio determina cual sea la Administración competente en cada materia y proclama que las competencias públicas deben ser tituladas por las administraciones más cercanas y próximas a los ciudadanos lo que beneficia a los ayuntamientos, pero junto a tal principio existen otros, también determinantes de la atribución de competencias, como son el de eficacia, proclamado en el artículo 103 de la Constitución española y el de territorialidad entre otros. Hay competencias que pueden ser ejercitadas más eficazmente por administraciones de ámbito superior al municipio y hay materas cuya gestión requiere un territorio más extenso del término municipal.

Andalucía, por su sistema de ciudades, se presta a una adecuada descentralización municipal, sus capitales de provincias cuentan con población y organización eficaz para desempeñar las competencias que se le transfieran, sin perjuicio de los medios financieros complementarios, en cada provincia existen un número importante de grandes municipios capaces también de gestionar eficazmente los servicios que se le traspasen. Esta aproximación a los ciudadanos del ejercicio de las competencias y de la solución de sus problemas harán valorar más a la autonomía sobre todo si esa descentralización pendiente se lidera por la Junta de Andalucía a quien no puede verse como enemiga de la descentralización pendiente , y como defensora del actual sistema autonómico centralizado. Para dar idea de la importancia de la descentralización pendiente , diré que el porcentaje actual del gasto público que efectúan las corporaciones locales es del 15% y que el deseable sería que pasara al 25% y hay quien defiende el 30%.

Pero junto a la ampliación de las competencias esta el tema financiero ya que no bastaría con las consignaciones que recibieran los ayuntamientos del Estado y de las comunidades autónomas, correspondientes a los servicios transferidos, sino que sería imprescindible que recibieran también, de ambos, fondos incondicionados que ellos distribuyeran libremente, además de las compensaciones cuando tienen que ejecutar competencias de otras administraciones públicas. La descentralización pendiente que beneficiaría a todos los españoles y a todos los andaluces, requiere también una reforma de la Ley de Haciendas Locales. Hoy muchos ayuntamientos se financian de los convenios urbanísticos pero las Haciendas locales deben ser autónomas y suficientes. Una Andalucía con unos ayuntamientos fortalecidos no tiene que implicar una Andalucía debilitada, porque la comunidad no es sólo la Junta, sino la suma de sus ciudades y pueblos

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