Málaga, Granada y Sevilla encabezan el cierre de viviendas turísticas en Andalucía
La Consejería de Turismo ha cancelado más de 9.200 pisos para estos usos desde 2024 hasta este julio
La firma de convenios con los municipios facilita los trámites burocráticos
Andalucía registra casi 50.000 solicitudes para pisos turísticos, la mitad en Málaga
La cancelación de las viviendas turísticas ilegales va avanzando progresivamente. La Consejería de Turismo ha informado al Consejo de Gobierno de la cancelación de 9.200 Viviendas de Uso Turístico en el último año y medio, desde 2024 y hasta este mes de julio. Una cifra que supone un crecimiento significativo si bien hay que tener en cuenta que en la Consejería de Turismo hay 147.300 viviendas de uso turístico inscritas, y hay en torno a 50.000 en lista de espera para inscribirse.
Por provincias, el balance de cancelaciones el siguiente: Almería (670), Cádiz (1.064), Córdoba (620), Granada (1.674), Huelva (389), Jaén (283), Málaga (3.426) y Sevilla (1.087).
Según informa la Consejería de Turismo, el creciente auge del turismo en Andalucía ha traído consigo un notable incremento en el número de prestadores de servicios turísticos, entre los que destaca la aparición de viviendas destinadas a un uso turístico. Este fenómeno responde, entre otros factores, al auge del turismo urbano, a la irrupción de nuevas plataformas digitales de comercialización de alojamientos y al marco normativo europeo que ampara la libre prestación de servicios, circunstancias que han hecho necesario un control más riguroso por parte de las administraciones competentes.
La aprobación del Decreto 31/2024, de 29 de enero, que modifica diversas disposiciones en materia de viviendas de uso turístico, establecimientos de apartamentos turísticos y hoteleros de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha contribuido a clarificar, al amparo de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la posibilidad de que los ayuntamientos, por razones imperiosas de interés general, pudieran establecer, en sus términos municipales, limitaciones proporcionadas en lo que respecta al número máximo de viviendas de uso turístico por edificio, sector, ámbito, periodos, área o zona, siempre que las mismas obedezcan a criterios claros, inequívocos y objetivos.
Además, regula la posibilidad de que la consejería con competencias en materia de turismo pueda celebrar convenios de colaboración con otras Administraciones o con entidades privadas para facilitar el intercambio de información, a fin de garantizar el cumplimiento de las exigencias contenidas en la normativa vigente y, en su caso, facilitar la labor inspectora de la Junta de Andalucía o de otras autoridades públicas.
En este sentido, conscientes de la necesidad de aunar esfuerzos para, en ejercicio de las competencias propias de cada Administración, velar por el cumplimiento de los requisitos exigidos para ejercer la actividad de alojamiento a través de viviendas de uso turístico y advertir la detección de aquellos prestadores que ejercen la misma incumpliendo la legalidad urbanística o los requisitos exigidos por la normativa turística de aplicación, se han suscrito convenios con los Ayuntamientos de Almería, Cádiz, Jerez de la Frontera, Granada, Málaga y Sevilla, encontrándose en vías de formalización convenios con otros municipios, como los de Córdoba, El Puerto de Santa María o Alhaurín El Grande. A través del canal directo de interlocución abierto por la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior con los municipios andaluces, mediante el buzón de correo electrónico municipiosvut.ctae@juntadeandalucia.es, a fecha de este acuerdo han manifestado la intención de suscribir convenio de colaboración con esta Consejería, dieciocho municipios más.
Asimismo, se ha permitido a los ayuntamientos andaluces para que puedan acordar la suspensión, con un plazo máximo de hasta 3 años, de las licencias y declaraciones responsables de viviendas de uso turístico, ya sea para la totalidad del término municipal o para zonas o tipologías de edificación concretas, siempre que se justifique la necesidad y la proporcionalidad de dicha medida, no sólo con la aprobación inicial de dicha tramitación, como prevé la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, Ley Lista, sino incluso antes de la misma, en el propio acuerdo que inicie el procedimiento de elaboración del instrumento de ordenación urbanística.
La habilitación legal ha permitido que ayuntamientos como los de Cádiz, Chiclana, Córdoba, El Puerto de Santa María, Granada, Málaga y Sevilla hayan acordado la suspensión de las licencias y declaraciones responsables de viviendas de uso turístico, mientras se tramita la modificación de sus Planes generales de ordenación urbanística.
Además, y con carácter preventivo, para evitar el acceso al Registro de Turismo de Andalucía de viviendas de uso turístico ubicadas en zonas ya limitadas o sobre las que pesa una suspensión de licencias y declaraciones responsables, se ha implementado un sistema de avisos que advierte a la ciudadanía de la posible exigencia de responsabilidades administrativas, así como de la iniciación de un procedimiento para la cancelación de la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, pudiéndose llegar a acordar la imposibilidad de una nueva alta para la misma vivienda durante el plazo de un año, si se decide seguir adelante con el trámite de inscripción incumpliéndose la normativa urbanística. Actualmente, los municipios de Málaga, Sevilla, Córdoba, El Puerto de Santa María, Chiclana de la Frontera y Cádiz, cuentan con un aviso de este tipo, encontrándose próximo a su implementación el de la ciudad de Granada.
Respecto al resto de municipios andaluces que adopten acuerdos similares, se ha trabajado para que, una vez que lo pongan en conocimiento de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior, el aviso sobre la limitación tenga un reflejo inmediato en el proceso de inscripción de la vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía.
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