¿Vas a viajar en tren o en avión este verano? Estos son tus derechos, en caso de retrasos, cancelaciones o pérdida del equipaje

La Junta de Andalucía recuerda los derechos de los consumidores ante cualquier incidencia que se produzca en el transporte aéreo o ferroviario

Los viajeros de Santa Justa sufrieron retrasos en los trenes al día siguiente del caos ferroviario
Los viajeros de Santa Justa sufrieron retrasos en los trenes al día siguiente del caos ferroviario / José Ángel García

Con la llegada del verano, es inevitable pensar en hacer alguna escapada. De manera que, cada año, se planean miles de desplazamientos hacia zonas costeras y lugares más frescos, ya sea en vehículo particular o transporte público. Sin embargo, en este último caso, son muchas las personas que desconocen cuáles son sus derechos en caso de que se produzca alguna incidencia.

Por ese motivo, la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, dependiente de la Consejería de Salud y Consumo, recuerda qué posibilidades tienen los consumidores a la hora de reclamar retrasos o problemas con el equipaje, tanto en los viajes en tren como en avión. Tener esto en cuenta puede marcar la diferencia.

Retrasos en los aviones: ¿cuáles son los derechos de los viajeros?

Una de las incidencias más comunes en el transporte aéreo y el ferroviario son los retrasos, algo que cada vez cuenta con una mayor prevalencia. Esta realidad afecta a miles de viajeros cada año, que se enfrentan a largas esperas en terminales y deben postergar su llegada o buscar otras soluciones. Pero ¿qué pueden hacer en este caso?

Aquellos que vayan a viajar en avión, deben tener en cuenta que, si el vuelo se retrasa más de cinco horas, tienen derecho a "solicitar el reembolso del coste íntegro del billete correspondiente a la parte del viaje no realizada, y también sobre la parte del viaje efectuada, si el usuario decide no viajar ante esta incidencia". Eso sí, aclara la Junta de Andalucía, debe solicitarse "en un plazo de siete días".

En el caso de que el retraso sea inferior a cinco horas, "no cabe el derecho de reembolso del importe, siempre y cuando no se indicara otra cosa en las condiciones de contratación". No obstante, puede exigirse la compensación económica en ciertas circunstancias. Esto "dependerá del retraso en la llegada del avión al destino". Es decir, "si es de tres horas o más existe el derecho a compensación, siempre que la compañía no pueda alegar que la demora se debió a una circunstancia extraordinaria y que hizo todo lo posible para evitar el retraso.

En el caso de recibir esta compensación, la cuantía varía en función de la distancia del vuelo. Así lo explica la Junta de Andalucía:

  • Si el viaje es de 1.500 kilómetros, el importe será de 250 euros.
  • Si es un vuelo que recorre entre 1.500 y 3.500 kilómetros, la compensación asciende a 400 euros.
  • Si el trayecto supera los 3.500 kilómetros, la cantidad alcanza los 600 euros.

Vuelos cancelados y problemas con el equipaje

Por otro lado, si el vuelo se cancela por el motivo que sea, los usuarios se verán amparados por los "derechos de información, atención, reembolso o transporte alternativo y, en su caso, compensación". Además, la Junta de Andalucía recuerda que cualquier incidencia relacionada con cancelaciones, retrasos, denegaciones de embarque y cambios de clase, puede ser reclamada ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

Otra de las incidencias más comunes a la hora de viajar en avión es la pérdida del equipaje. Ante esta situación, lo primero que hay que hacer es comunicárselo a la compañía antes de abandonar el aeropuerto. Para ello, debe cumplimentarse el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR), "requisito imprescindible para demostrar la incidencia".

¿Y si el retraso se produce en un tren?

A la hora de viajar en tren, los retrasos también son muy frecuentes, por lo que vienen recogidos en el Reglamento Estatal del Sector Ferroviario. Según el texto, y así lo recoge la Junta de Andalucía, "si el retraso es de más de una hora respecto a la hora programada, se tiene derecho a recibir una indemnización equivalente al 50% del precio del billete. Si la demora supera la hora y media, la indemnización sería equivalente al precio total del billete". Esto último también se aplicará en el caso de que el trayecto sea cancelado.

stats