Plan 'Le llamamos' para la Renta 2024: así funciona esta ayuda telefónica para hacer la Declaración de la Renta
Sevilla/La Agencia Tributaria ha lanzado el Plan 'Le Llamamos'. Todo aquel que no esté familiarizado con este plan le explicamos qué es y cómo funciona. Este plan tiene como objetivo ayudar a todos los contribuyentes a preparar su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) este año 2024, que corresponde al ejercicio fiscal del año 2023. Hacienda nos pone una ayuda para simplificar este trámite anual sin tener que salir de casa. Desde el 29 de abril al 28 de junio todos los que estén interesados pueden coger una cita para que les llamen, asesorándoles telefónicamente a nivel personal sobre su declaración.
Este plan, que como hemos dicho responde bajo el nombre Plan 'Le Llamamos', básicamente consiste en que un experto de la Agencia Tributaria te contacte por teléfono para que podáis hacer juntos la declaración de la renta. Esta persona te va a ayudar durante todo el proceso y todas las dudas que tengas. Puedes solicitar la cita a través de la página web de la AEAT al igual que por su aplicación móvil. Tendrás que dar tu número para que te llamen y podrás elegir entre mañana o tarde y seleccionar el día que más te convenga.
Los gestores de Hacienda van a empezar a llamar a partir del día 7 de mayo desde el siguiente número: 810 520 052. Este es el caso de todos los números dentro del territorio nacional. En caso de llamadas internacionales será desde el número 917 276 222. Recuerda que estos son los dos únicos números desde los que van a llamarte. Si recibes una llamada de otro número, recuerda que puedes estar ante un engaño o estafa.
¿Qué necesito?
La documentación que necesitas es la siguiente:
- Número de referencia del titular (o titulares) de la Declaración de la Renta. Este número lo puedes obtener online.
- DNI de los declarantes.
- Número IBAN de la cuenta bancaria.
- Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad.
- Documentación relacionada con rentas del trabajo, seguros, cuentas bancarias, propiedades alquiladas, o cualquier tipo de ingreso. También serán necesarios justificantes de posibles deducciones o beneficios fiscales que se quieran reclamar.
Ojo, ya que no todos los datos están disponibles para la Agencia Tributaria, por lo que si tienes información sobre deducciones, deberás comunicarla. Un ejemplo son las deducciones por alquiler de vivienda, deducciones autonómicas, específicas, o las deducciones familiares y por maternidad que pueden ascender hasta los 1200€.
Aun así, no todo es bueno, y es que hay algunas personas que no pueden beneficiarse de este servicio de ayuda que Hacienda nos da. No podrás acceder a este servicio de ayuda en el caso de que: tengas rentas del trabajo superiores a los 65.000 €, rentas de capital mobiliario superiores a 15.000€, ingresos por actividades profesionales empresarial en estimación directa, si has realizado más de dos transmisiones patrimoniales, si tienes transmisiones de bienes adquiridos por herencia o por donación, o si tienes rentas por alquileres de más de dos propiedades, dos contratos de alquiler o por alquiler turísticos.
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