Defraudar a la Seguridad Social más de 50.000 euros se perseguirá penalmente

El Ejecutivo intentará aumentar la recaudación para las arcas públicas. Hasta el momento, la cifra mínima que constituía delito era de 120.000 euros.

EFE

27 de julio 2012 - 16:15

Madrid/Los fraudes a la Seguridad Social, tanto el impago de cuotas como la obtención indebida de deducciones, superiores a 50.000 euros serán perseguidos con penas de hasta seis años de cárcel, en tanto que el delito no prescribirá hasta pasados diez años.

Así consta en la reforma del Código Penal, aprobada hoy por el Consejo de Ministros y explicada en rueda de prensa por la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, por la que se crea una nueva pena máxima de seis años para los delitos de fraude contra la Seguridad Social y en materia fiscal. De esta forma, se reduce la cuantía mínima de defraudación a la Seguridad Social perseguida penalmente de 120.000 a 50.000 euros y se incluye en esa cantidad toda la deuda no prescrita en un periodo de cuatro años.

La pena máxima de seis años se aplicará también al fraude que se cometa utilizando empresas fantasma (independientemente de su cuantía), que son aquellas sin actividad real que simulan relaciones laborales con el único propósito de obtener prestaciones o subvenciones públicas. Asimismo, se sancionará a quienes empleen en talleres clandestinos a una pluralidad de trabajadores sin comunicar su alta en la Seguridad Social o sin haber obtenido la correspondiente autorización de trabajo.

En lo que respecta a los delitos fiscales, la pena máxima de seis años y la prescripción a los diez años se aplicará a los fraudes que excedan de 600.000 euros o a aquellos que se hayan cometido en el seno de una organización o grupo criminal. También se aplicará cuando se usen testaferros, negocios fiduciarios o paraísos fiscales que dificulten u oculten la identidad del obligado a declarar.

Por otra parte, se faculta a la Administración Tributaria a no paralizar un procedimiento recaudatorio por la existencia de un proceso penal, salvo que el juez ordene otra cosa. Entre tanto, por lo que respecta a las tramas de estafa de IVA ya no será necesario esperar un año para denunciar los fraudes superiores a 120.000 euros, con lo que se podrán perseguir de forma inmediata.

Además, se establece una "rebaja importante" de la pena por la reparación del perjuicio económico causado a la Hacienda Pública, que se aplicará dentro de los dos primeros meses tras haber recibido una citación judicial y en los casos en que el contribuyente colabore en la identificación de otros responsables.

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