El Gobierno cuela en la reforma del subsidio la prevalencia de los convenios autonómicos pactada con el PNV

El cambio, que entrará en vigor este jueves, enfada a patronal y sindicatos, que consideran que se rompe el mercado único

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Sánchez y Andoni Ortúzar, presidente del PNV, firman el pacto para apoyar la investidura
Sánchez y Andoni Ortúzar, presidente del PNV, firman el pacto para apoyar la investidura / Eduardo Parra / Ep

El Gobierno ha modificado el Estatuto de los Trabajadores para introducir la prevalencia del convenio autonómico, siempre que sus condiciones sean más favorables para los trabajadores, pactada con el PNV para la investidura de Pedro Sánchez.

El real decreto aprobado para reformar el subsidio de desempleo aprobado ayer por el Gobierno y publicado este miércoles en el BOE recoge la modificación de los artículos 84.3 y 84.4 del Estatuto de los Trabajadores que quedan redactados tal y como se recogió en el acuerdo entre PSOE y PNV del pasado mes de noviembre.

Así, se señala que "los sindicatos y las asociaciones empresariales (...) podrán negociar convenios colectivos y acuerdos interprofesionales en la comunidad autónoma que tendrán prioridad aplicativa sobre cualquier otro convenio sectorial o acuerdo de ámbito estatal".

Y añade que será que "siempre que dichos convenios y acuerdos obtengan el respaldo de las mayorías exigidas para constituir la comisión negociadora en la correspondiente unidad de negociación y su regulación resulte más favorable para las personas trabajadoras que la fijada en los convenios o acuerdos estatales".

El cambio entra en vigor este jueves y, tal como se explica en la exposición de motivos de la norma, supone que estos convenios tendrán prioridad aplicativa sobre cualquier otro convenio sectorial o acuerdo de ámbito estatal.

Patronal y sindicatos han reprochado al Gobierno que haya aprobado esta modificación sin diálogo social.

En concreto, la CEOE y Cepyme han mostrado "su rechazo total a la aprobación, sin preaviso y desde el desprecio al diálogo social" de la prevalencia de los convenios autonómicos frente a los nacionales o de empresa, según un comunicado tras la reunión de su Junta Directiva de este miércoles.

Desde el punto de vista formal, añaden las patronales, "queremos recordar que la propia Constitución recoge el mandato de consultar a los agentes sociales modificaciones de este calado en la negociación colectiva".

También recuerdan que se acordó no incluir este cambio en la última reforma laboral.

La CEOE también afirma que esta medida "atenta contra la unidad de mercado a nivel nacional" y "supondrá un deterioro de la cohesión social y de la competitividad española".

Los sindicatos piden a Sánchez una reunión urgente

Los sindicatos, por su parte, se muestran preocupados porque una reforma de la estructura de la negociación colectiva se haya hecho "obviando el marco del diálogo social y sin oír a sus legítimos representantes".

"Cualquier variación del Estatuto de los Trabajadores debe abordarse en el marco del diálogo social con carácter previo, aun reconociendo –como no puede ser de otra manera– la capacidad legislativa que otorga nuestra Constitución tanto al Parlamento como al Gobierno a través de reales decretos leyes en situaciones de urgencia y necesidad", añaden los sindicatos.

La reforma del subsidio entra en vigor el 1 de junio

El Real Decreto-Ley que reforma el subsidio por desempleo, que será de mayor cuantía durante el primer año de percepción, compatible con un empleo durante los 180 primeros días sin pérdida de prestación, e irá ligado a la suscripción de un acuerdo de actividad por parte de sus beneficiarios, entrará en vigor, con carácter general, el 1 de junio de 2024, según la norma publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La reforma eleva el subsidio por desempleo, actualmente de 480 euros mensuales, el equivalente al 80% del Iprem, a 570 euros durante los primeros seis meses de percepción (95% del Iprem) y a 540 euros mensuales en los seis meses siguientes (90% del Iprem) para después recuperar el 80% del Iprem hasta su extinción, que se mantiene en un tope de 30 meses, dependiendo de la edad, circunstancias familiares y de la duración de la prestación agotada.

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