Lamela cita el jueves y viernes a Puigdemont y los 13 ex consejeros por rebelión

La titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional ha adoptado esta decisión en un auto en el que se declara competente para investigar la querella de la Fiscalía General del Estado.

La Audiencia cita a declarar a Puigdemont y su 'Govern'
Agencias

31 de octubre 2017 - 18:43

El ex president Carles Puigdemont pensaba pasar "unos días" en Bruselas pero la juez Carmen Lamela ha roto sus planes, ya que lo ha citado, junto a sus 13 ex consellers -contra los que el lunes se querelló la Fiscalía en la Audiencia Nacional- entre mañana y el viernes por delitos de rebelión, sedición, malversación y otros conexos.

El desfile de los miembros del Govern por la Audiencia Nacional se aliñará con el de la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell y los otros miembros de la Mesa de la Cámara, que esos mismos días han sido convocados en el Tribunal Supremo.

Lamela se ha hecho cargo de la querella por conexión con la causa que tiene abierta por sedición y que hasta ahora cuenta con cuatro investigados: el que fuera mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluis Trapero; la intendente del cuerpo Teresa Laplana y los líderes de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), Jordi Sànchez, y de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, estos dos últimos en prisión preventiva desde el 16 de octubre.

De este modo, este martes fueron admitidas las dos querellas que este lunes presentó la Fiscalía en el Supremo y la Audiencia Nacional contra los responsables en el proceso de independencia en Cataluña desde que comenzó su andadura en 2015.

En su auto, Lamela precisa que los 14 declararán como investigados y también a los efectos de celebrar vistillas de medidas cautelares de carácter personal, en las que la Fiscalía puede pedir medidas como la retirada del pasaporte, comparecencias periódicas en el juzgado o su ingreso en prisión preventiva.

La magistrada acuerda también fijarles una fianza civil de 6.207.450 euros, que deberán depositar en el plazo de tres días con el apercibimiento de que se embargarán sus bienes hasta alcanzar esa cifra si no depositan la fianza.

Además, ordena incorporar a la causa las copias de diferentes acuerdos adoptados por el Parlament de Cataluña en los últimos meses, así como los últimos decretos del Govern en relación con el proceso secesionista de Cataluña.

En su auto, Lamela explica que, conforme al relato expuesto por el fiscal en su querella, los hechos investigados iban dirigidos a proclamar una república catalana independiente de España en una conducta que va encaminada o dirigida a romper la organización territorial del Estado. Por ello, encaja estos hechos en una manera de atentar contra la forma actual de gobierno de España, competencia de la Audiencia Nacional.

La juez concluye que los querellados "urdieron una estrategia de lo que habría de ser todo el movimiento secesionista, perfectamente organizada y con reparto de papeles entre las autoridades gubernamentales, parlamentarias y asociaciones independentistas (ANC y Ómnium) que llevaron a la celebración del referéndum ilegal el día 1 de octubre y a la declaración de independencia aprobada en el parlamento el pasado 27 de octubre".

¿Qué ocurre si Puigdemont no acude a declarar a la Audiencia Nacional?

El ex presidente catalán Carles Puigdemont y sus ex consejeros han sido citados a declarar el jueves en la Audiencia Nacional y se abre ahora la incógnita de si acudirán o no tras las palabras de Puigdemont en Bélgica en el sentido de que no volverán a España mientras no haya garantías.

En el caso de que no se presenten el jueves en el tribunal, la Fiscalía podría pedir a la juez que lleva el caso, Carmen Lamela, que libre las correspondientes órdenes europeas de detención y entrega (OEDE) y, de aprobarlas la magistrada, las autoridades belgas tendrían que proceder al arresto de Puigdemont y sus consellers.

Las órdenes europeas de detención o euroórdenes sustituyen entre los estados miembros de la Unión Europea (UE) al procedimiento de extradición con un sistema ágil de entrega que se aplica en España desde 2004, después de que se traspusiera a nuestro ordenamiento una directiva europea de 2002.

El procedimiento de la OEDE persigue simplificar los trámites y la documentación a remitir mediante la creación de un documento único para tramitarla.

La regulación europea reduce los motivos de denegación de la extradición y suprime el principio de doble incriminación en determinadas circunstancias, concretamente en una lista de delitos en la que no está la rebelión y la sedición, pero sí algunos de corrupción, por lo que cabría la posibilidad de que se le aplicara a Puigdemont, que está imputado por malversación.

En caso contrario, los delitos que se achacan al expresidente catalán deben estar tipificados en el ordenamiento jurídico belga para que se pueda proceder a la orden de detención y entrega.

Según el ordenamiento jurídico belga, los seis ex altos cargos catalanes serían detenidos y puestos a disposición del juez, que decidiría sobre su puesta en libertad o mantenimiento en prisión hasta que se resolviese sobre la ejecución de la orden.

Si los reclamados aceptasen su entrega a España, ésta se haría sin más complicaciones, pero, de lo contrario, la decisión correspondería a la Cámara del Consejo de Bruselas, que dispondría de un plazo de quince días.

Su decisión es recurrible en apelación (con lo que se abriría un nuevo plazo de quince días) y en último caso ante la Corte de Casación, que dispondría del mismo tiempo para resolver.

Pero además, el juez instructor podría considerar que la información contenida en la orden de detención no es suficiente y requerir el envío de información complementaria.

La ley belga establece una serie de motivos por los que la orden puede ser rechazada, como por ejemplo la existencia de razones para creer que su ejecución tendría como efecto una vulneración de los derechos fundamentales de la persona reclamada recogidos en el Tratado de la Unión Europea.

En cualquier caso, si las personas afectadas aceptan la entrega, ésta debe realizarse en los diez días siguientes; si no la aceptan, la decisión debe tomarse en un plazo de sesenta días a partir de la detención

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