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España

El Supremo vigilará que el Gobierno dé protección al personal sanitario

  • El Alto Tribunal insta a Sanidad a informar cada 15 días del protocolo adoptado para dotar de equipamiento adecuado a los profesionales al objeto de preservar su derecho a la salud

Varios sanitarios del hospital de Bellvitge (Barcelona) recogen las bolsas de comida entregadas por los voluntarios de la ONG Acción Planetaria.

Varios sanitarios del hospital de Bellvitge (Barcelona) recogen las bolsas de comida entregadas por los voluntarios de la ONG Acción Planetaria. / Enric Fontcuberta (Efe)

La Justicia también entra en juego en la crisis sanitaria. Los sindicatos médicos venían reclamando desde hace semanas al Tribunal Supremo (TS) que exigiera al Gobierno de Pedro Sánchez el suministro urgente de material de protección para los centros hospitalarios públicos y privados. No lograron que el Alto Tribunal, en su auto de este lunes, valorara "si existe o no inactividad" por parte de la Administración para facilitar el equipamiento necesario que preserve la salud de los sanitarios, pues esa cuestión se dilucidará cuando haya sentencia firme.

No obstante, sí insta al Ministerio de Sanidad a dar cuenta cada 15 días al Supremo del protocolo para "adoptar todas las medidas a su alcance" para conseguir la "mejor distribución" del material de protección al personal sanitario frente al coronavirus. Un triunfo para los profesionales, que ven cómo al menos desde los tribunales aprietan al Ejecutivo para que los sanitarios puedan protegerse convenientemente contra el Covid-19 a la hora de realizar su trabajo, no como ha venido ocurriendo en muchos centros hospitalarios del país hasta ahora.

Tras denegar el 31 de marzo las medidas cautelarísimas solicitadas por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), el Tribunal Supremo volvió a rechazar su petición cautelar de instar al Departamente que dirige Salvador Illa a proveer con carácter urgente a los centros sanitarios de medidas de protección contra el virus.

Sin embargo, en esta ocasión, el Alto Tribunal acordó adoptar una medida cautelar propia por la que requiere al Ministerio que actúe para conseguir la mejor distribución del material de protección y que lo informe quincenalmente de las medidas adoptadas, de los medios puestos a disposición del personal sanitario y la distribución de los mismos entre las comunidades autónomas.

Para adoptar estas medidas, la Sala de lo Contencioso Administrativo tuvo en cuenta el interés público de preservar el derecho fundamental a la integridad física y a la salud de los profesionales sanitarios y de los pacientes a quienes asisten. El Supremo tomó esta decisión sin entrar a valorar si existe o no inactividad por parte de la Administración, como alegaban los recurrentes, un asunto que se decidirá más adelante, al dictar sentencia.

Illa admite que el nasivo contagio de sanitarios se debió a la "indebida" protección al inicio de la pandemia

Los magistrados dictaron el auto tras conocer las alegaciones del abogado del Estado, que se opuso, igual que la Fiscalía, a la petición de CESM. La Abogacía del Estado aportó documentación justificativa de la gestión realizada antes y después del estado de alarma, "una actividad intensa, incesante, diligente, pública y publicada para dotar de medios y productos necesarios para afrontar la crisis sanitaria", materializada en la "búsqueda y adquisición" de medios y en coordinación con las comunidades autónomas para distribuirlos.

Pero pese a dicha actuación alegada por la Administración, la Sala admite que "es notorio que los profesionales sanitarios no han contado con todos los elementos de protección necesarios" y que los derechos a la integridad física y a la salud de los profesionales sanitarios requieren "toda la tutela posible" en estos momentos "excepcionales".

Por ello, una vez constatado que no se ha podido alcanzar la "plena efectividad" en la distribución de los medios de protección a los sanitarios, requiere a Sanidad que "emprenda de inmediato las actuaciones precisas para superar las carencias apreciadas y hacer realidad el objetivo allí previsto". La CESM acudió al Tribunal Supremo al considerar vulnerados una serie de derechos de los profesionales sanitarios ante la, a su juicio, "inactividad" de Sanidad por "incumplimiento" del real decreto que impuso el estado de alarma por no haber proporcionado una serie de material de protección a los centros.

A propósito de la escasez de material para los profesionales, Sanidad reconoció que la "indebida" protección al inicio de la pandemia fue una de las causas principales por las que muchos se contagiaron al atender a los pacientes. Un total de 31.053 sanitarios han dado positivo. Así se señala en una actualización del documento científico-técnico sobre el Covid-19, donde se apunta que en la fase inicial del conocimiento de la enfermedad, aunque la transmisión comunitaria era inexistente o muy baja, el desconocimiento de la transmisión de la infección a partir de casos asintomáticos pudo generar casos entre sanitarios indebidamente protegidos. Esta transmisión por "escasa protección" pudo ocurrir posteriormente por el "grave problema mundial" de desabastecimiento de equipos de protección individual.

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