Anécdotas

Dos pleitos para una misma deuda

  • Un banco ha reclamado el impago de una deuda de un préstamo presentando dos demandas iguales en distintos juzgados, un error que la afectada pide que se subsane

Una guardia civil ante una sala de vistas de los juzgados de Sevilla.

Una guardia civil ante una sala de vistas de los juzgados de Sevilla.

Dos demandas idénticas para reclamar una misma deuda de un préstamo. Un banco ha reclamado a una clienta el impago de un préstamo que le fue concedido pero lo ha hecho presentando dos demandas idénticas, que han sido turnadas a distintos juzgados, un error que la afectada ha pedido que se subsane.

La demandada suscribió un préstamo con la entidad bancaria en enero de 2018, por el que recibió la cantidad de 13.000 euros que debía devolver en 72 plazos mensuales de 243 euros. Sin embargo, en julio de 2019, la usuaria dejó de abonar los plazos y ante el impago, después de haber reclamado en varias ocasiones el pago de las cuotas pendientes, decidió emprender acciones legales.

La entidad presentó una demanda de juicio ordinario en los juzgados de Sevilla con fecha 22 de septiembre de 2020, en la que reclama el pago de 12.023,59 euros y que correspondió por turno de reparto al juzgado de Primera Instancia número 27 de Sevilla.

La demanda fue notificada a la clienta, pero ésta volvió a recibir una segunda demanda, con fecha 16 de octubre de 2020, en la que se le exigía el pago de 11.865,11 euros y que se tramita en el juzgado de Primera Instancia número 19. 

El abogado José María Carnero, que representa a la demandada, no se explica qué ha podido ocurrir. "La reacción de mi representada al recibir por dos veces la misma demanda desde juzgados distintos ha sido la de estupefacción. Por mi parte, reconozco que tuve que frotarme los ojos antes de confirmar que efectivamente son dos demandas idénticas, firmadas por los mismos profesionales sobre los mismos hechos”, relata el abogado.

Carnero ha señalado que ha contestado a la demanda recibida en segundo lugar, "aplicando el principio general del derecho non bis in ídem, que consiste en la prohibición de que un mismo hecho resulte sancionado más de una vez, es decir, supone que no se imponga duplicidad de sanciones en los casos en que se desprenda identidad de sujeto, hecho y fundamento”.

Por último, el letrado ha pedido más atención para que no se produzcan estos errores. "Está claro que los bancos deberían ser un poco más cuidadosos en sus actuaciones si quieren mantener una imagen correcta de su buen funcionamiento. Mi cliente y yo estamos a la espera de una explicación”, ha concluido.

Lo lógico es que el error se solvente y siga adelante la demanda presentada en primer lugar, y que todo quede en una anécdota más de las que se producen cada día en los tribunales.

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