Segunda condena en el caso Faffe: penas de cárcel para Villén y un histórico alcalde socialista de Lebrija por un contrato fantasma

Corrupción

La Audiencia impone tres años y medio a Fernando Villén, ya castigado por usar tarjetas de la Faffe en prostíbulos; y dos años y tres meses a Antonio Torres, que fue "enchufado" y cobró 359.000 euros sin hacer "trabajo alguno"

Torres acudió a Villén tras perder las municipales de 2003 y se le creó un puesto al que "de modo grandilocuente denominó Dirección de Relaciones Externas” en el que no hacía nada: "Era desconocido por otros trabajadores"

Villén insiste en su inocencia al final del segundo juicio de la Faffe: “Sólo intenté que la Fundación tuviera futuro”

Antonio Torres: "Trabajé incansablemente para la Faffe y ayudé a incrementar el patrimonio de la Junta de Andalucía"

Fernando Villén llega a la Audiencia de Sevilla.
Fernando Villén llega a la Audiencia de Sevilla. / Juan Carlos Vázquez Osuna

La Audiencia de Sevilla ha condenado a tres años y seis meses de cárcel a Fernando Villén, antiguo director general técnico de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe), por la contratación “ilegal” y “absolutamente irregular” de Antonio Torres, un histórico del PSOE que durante 24 años fue alcalde de Lebrija. La contratación se produjo sólo “por amistad y afinidad política” y gracias a ella, al margen de la ley, este segundo acusado percibió 359.973,51 euros a pesar de que “no acudía a la sede de la Fundación ni desempeñaba trabajo alguno”. Para Villén es la segunda condena: la Audiencia de Sevilla ya le impuso seis años de cárcel por emplear tarjetas de la Faffe para realizar 43 pagos en distintos prostíbulos de Andalucía por un importe total de 32.556 euros.

En la sentencia, fechada el 29 de abril y notificada este miércoles a las partes, la Sección Tercera condena al ex director general técnico de la ya desaparecida Faffe a tres años y seis meses de prisión y seis años de inhabilitación absoluta por un delito de malversación de caudales públicos, así como a siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación. En cuanto a Torres, el tribunal lo condena a dos años y tres meses de cárcel y cuatro años de inhabilitación absoluta como cooperador necesario del delito de malversación y a cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación. Los dos encausados se benefician de la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas a los dos delitos.

Además, ambos deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la Junta de Andalucía en la cantidad de 359.973,51 euros, que fue la cantidad percibida por el ex alcalde desde su contratación hasta la extinción de la Faffe y su posterior incorporación al Servicio Andaluz de Empleo (SAE), organismo al que fueron trasvasados gran parte de los trabajadores de la Fundación. Así lo establece la sentencia, facilitada por la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Las penas de cárcel son algo inferiores a las solicitadas por la Junta de Andalucía (cinco y tres años, respectivamente) pero se parecen bastante a las que reclamó la Fiscalía (cuatro años para Villén y dos años y seis meses para Torres). La indemnización sí es exactamente la misma que interesaron las dos acusaciones. En cualquier caso, la sentencia no es firme y contra ella se puede interponer un recurso de apelación ante el TSJA.

Los magistrados consideran probado que los hechos empezaron tras las elecciones municipales de 2003. Torres, alcalde de Lebrija durante 24 años, perdió los comicios y “directamente” acudió a Villén “pidiendo trabajo”. Este último accedió y lo contrató “con la excusa de lograr fondos y financiación de distintas administraciones para la Faffe”. Eso era “innecesario", según la Audiencia, porque "la Faffe venía siendo financiada con numerosas subvenciones a la formación" y disponía de "una ingente cantidad de dinero público”.

Además, añade la Sección Tercera, “no consta” que el ya exalcalde “se encargara en ningún momento de este aspecto financiero ni tampoco que tuviera aptitudes para asumir y desempeñar las funciones correspondientes a esas funciones”. Y para más inri, Torres “exigió que desde el primer momento se le hiciera fijo e impuso sus condiciones salariales", a lo que Villén "accedió igualmente”.

Un puesto creado “ad hoc”

“Como el organigrama administrativo de la Fundación no contemplaba puesto” para Torres, el entonces dirigente de la Faffe “creó uno ad hoc”, esto es, expresamente para el exalcalde. "De modo grandilocuente lo denominó Dirección de Relaciones Externas”, espeta el tribunal. Pero este departamento “es inexistente, no tiene sede y carece de despacho o sede física ni personal adscrito”. De hecho, el acusado “no acudía a la sede de la Fundación ni desempeñaba trabajo alguno”.

“A pesar de ello”, Torres “se hizo con una tarjeta de visita o presentación en la que constan sus datos personales y el nombre, cargo y anagrama de la Fundación, con el logotipo de la Junta de Andalucía”, aunque en realidad “no tenía más dependencia jerárquica y funcional” que la de Villén. Es más, el antiguo alcalde de Lebrija “nunca se integró en el Comité Directivo ni en la estructura orgánica de la Fundación, no acudió a ninguna de sus sesiones y no acudía a trabajar a la sede de la Fundación". "Era desconocido por otros trabajadores y directivos”, destaca la sentencia.

Antonio Torres (a la derecha) llega a la Audiencia de Sevilla junto a su abogado, Pablo Ollero.
Antonio Torres (a la derecha) llega a la Audiencia de Sevilla junto a su abogado, Pablo Ollero. / Juan Carlos Vázquez

La Audiencia también entra en profundidad en la evolución de Torres en la Faffe desde que fue contratado el 1 de julio de 2003 con el cargo de gestor de Recursos Municipales con categoría de mando. Era un contrato de duración temporal que se prorrogó y convirtió en indefinido el 1 de diciembre del mismo año. En ese momento alcanzó la categoría de directivo, con una retribución de más de 40.000 euros anuales, y así siguió de alta hasta la extinción de la Faffe y su integración en el SAE el 3 de mayo de 2011.

Así pues, estuvo casi siete años cobrando de la Faffe y los "escasos trabajos" que realizó, "reducidos a contactar con algún político o autoridad", los hizo "siempre desde su domicilio y con medios propios, ordenador y cuenta de correo genérica y gratuita, tipo hotmail o gmail”.

Contratación “injusta y arbitraria”

Los magistrados consideran que la contratación de Torres “a instancia” de Villén se efectuó "por su sola voluntad, amistad y afinidad política", en alusión al director de la Faffe. Y por tanto se materializó "sin proceso alguno de valoración o contraste de la aptitud o idoneidad del sujeto a contratar". En resumen, "de manera injusta y arbitraria, prescindiendo de los procedimientos de contratación a los que la Faffe debía ajustarse, sin concurrencia alguna de otros posibles candidatos al puesto y de manera contraria a los principios generales de publicidad, objetividad, imparcialidad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad que habrían de regir dicho proceso de selección y contratación, de conformidad con la propia normativa y disciplina interna mantenida por la Faffe y con lo establecido en la legislación aplicable”.

“La presunta existencia de la persona de Torres como contratado era desconocida para el resto de empleados, ya que no desarrollaba su trabajo en ninguna de las sedes de la Faffe”, insiste la sentencia. “No existe ninguna prueba documental que revele un mínimo cumplimiento de los requisitos y presupuestos que regulan la selección y contratación de personal, ya sea técnico o directivo, por parte de una fundación pública como la Faffe”, agrega.

A juicio de la Sección Tercera, Torres “contribuyó a dicha ilícita contratación aportando elementos que pudieran ofrecerle una apariencia de legalidad y se concertó con Villén para llevar a cabo dicha irregular contratación”. Pero "irregular" no es el único adjetivo empleado por la Sala. “La contratación es ilegal y grosera", llega a decir la sentencia. "Está basada en una decisión arbitraria dictada con la voluntad de apartarse de los principios de mérito y capacidad”, prosiguen los magistrados, que subrayan que “esta forma de contratar por la Administración pública es ilegal porque está fuera de toda norma”. “La contratación en Faffe es al libre arbitrio del acusado Fernando Villén (con colocación de personas afines, enchufados)”, indican.

La Audiencia concluye que “la irregularidad de la contratación tenía como objetivo proporcionar” al exalcalde “un beneficio económico", con "la consiguiente desviación del dinero procedente de las subvenciones y patente empobrecimiento del erario público”. “Antonio Torres no fue a trabajar pero recibió el dinero”, apostillan antes de lamentar “el desprecio patente a la legalidad administrativa" que supuso la actuación de los dos acusados.

“La conducta enjuiciada era fruto de un acuerdo entre ambos acusados para, aprovechando su cercanía personal o política, detraer fondos públicos en su propio beneficio y correlativo perjuicio para las arcas públicas”, sentencia la Sección Tercera.

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