Ocho años y tres juicios para anular una cláusula suelo

Cláusula suelo

El Tribunal Supremo ha considerado nula la cláusula suelo después de que un juzgado mercantil y la Audiencia de Sevilla dieran la razón a la entidad financiera

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Una protesta contra las cláusulas suelo.
Una protesta contra las cláusulas suelo. / EFE

Ocho años después y tres instancias judiciales diferentes para que unos sevillanos vean resuelta la reclamación por cláusula suelo abusiva a una entidad financiera. Mientras que tanto el juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla y la Sección Quinta de la Audiencia de Sevilla dieron la razón al banco, ahora el Supremo ha considerado nula la cláusula bancaria, al entender que "no consta que la entidad proporcionara información previa a la firma del contrato".

La sentencia del alto tribuna recuerda que el control de la transparencia de las condiciones generales de los contratos "han sido ya analizados en múltiples sentencias" tanto del Supremo como del Tribunal de Justicia Europeo. De este modo, el Tribunal Supremo explica en su sentencia que no comparte los argumentos del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla ni de la Audiencia puesto que la jurisprudencia "resalta la importancia de la indormación precontractual" porque es por la que se decide aceptar o no el producto.

En ambas instancias reconocen que la información que la entidad facilita antes de la firma del contrato y que ha sido aportada a la causa por el propio banco es "ilegible". Según el letrado de los demandantes, Sergio García, del despacho de abogados Legal SVL, "la juez de lo mercantil entendió que el hecho de que la escritura estuviera expuesta al estudio de los demandantes en la notaría cumplía con la transparencia exigida, y la Audiencia Provincial le dio la razón. Es el Supremo quien nos da la razón", explica el letrado.

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