Protocolos familiares

Un plan con vocación de futuro para las empresas familiares

  • El notario Miguel Muñoz Cervera está especializado en protocolos familiares y participó recientemente en el seminario que inauguró la cátedraa del Colegio Notarial y la UPO

El notario MIguel Muñoz Cervera

El notario MIguel Muñoz Cervera / M. G.

Uno de los instrumentos que tienen las empresas familiares para mantenerse en el tiempo son los protocolos familiares. Uno de los expertos en ellos es Miguel Cervera, notario de Algeciras y profesor honorario de Derecho Romano, Universidad de Málaga (2013/2014), además de premio extraordinario de licenciatura (Málaga, 1985/1986).

-¿Qué son los protocolos familiares?

-Es evidente que la expresión «protocolo» tiene distintas acepciones, las más conocidas van referidas al ámbito notarial y al diplomático. Más existe otra que de algún modo viene a representar lo que es un protocolo familiar: "Plan escrito y detallado", en alusión a un experimento científico, a un ensayo clínico o a una actuación medica. Pues bien, eso es precisamente el protocolo familiar, ahora con respecto a una empresa donde el capital se encuentra, en todo o en su mayor parte, participado por miembros de una misma familia. La mayor virtualidad del protocolo es que supone un plan detallado con vocación de futuro.

Supone el esfuerzo de los fundadores y de su equipo de asesores con el objetivo de profundizar en las bases de la empresa en aras de preservar su continuidad. Cuatro básicamente son los elementos que determinan su necesidad: la mayor complejidad de la empresa, fruto de su mismo éxito en el mercado; una segura, pero aún no inminente, sucesión generacional; las demandas resultantes de la exigencia de responder a aquella mayor complejidad teniendo en cuenta las aptitudes técnicas y organizativas de esa generación, llamada, en principio, a suceder en la dirección; y, por último, la necesidad de disponer de mecanismos encaminados a evitar la entrada en el capital social de la empresa de personas ajenas a la familia, bien en virtud de transmisiones, inter vivos o mortis causa, o bien por razón de matrimonios de miembros concertados en régimen de ganancialidad.

-¿Qué ventajas tiene para las empresas?

-Es ciertamente un instrumento preventivo al evaluar de manera objetiva las personas más adecuadas para la gestión de la empresa, no necesariamente integradas en la familia, evitando así que el mejor título para el ascenso a la dirección sea la condición de familiar y participe; y los mecanismos para mantener el capital social concentrado en el seno de la familia consanguínea. Además es un instrumento estable, en cuanto que no debe tener un carácter coyuntural, sino que esta llamado a establecer las líneas directrices de la empresa durante un largo periodo de tiempo.

-¿Puede generar desconfianza en las familias?

-Resulta evidente que algunos de los aspectos antes señalados pueden inducir a crear una sensación de desconfianza y evidentemente a frustrar algunas expectativas, pero su fin último no esta tanto en satisfacer deseos personales como preservar a la empresa y, con ella, el principal sustento de la familia. Por esta razón, son de gran importancia los mecanismos dispuestos en el protocolo llamados a garantizar su eficacia, esto es, su cumplimiento. En este sentido, ha venido siendo frecuente en la práctica la previsión de cláusulas penales, llamadas a sancionar las posibles infracciones al texto del protocolo o, más recientemente, la conversión de un protocolo familiar en la condición de prestación accesoria a la sociedad, con el efecto, llegado el incumplimiento, de poder expulsar a infractor de la misma empresa. Son medidas contundentes, sin duda, pero debe tenerse en cuenta que a los protocolos familiares se llega a partir de un convenio, de un pacto entre sus miembros, el cual obviamente debe ser respetado.

-¿Cuál es la regulación estatal de este protocolo?

-La regulación del protocolo familiar a nivel estatal es ciertamente escasa, en cuanto normativa especifica, e inexistente a nivel autonómico, sin que este hecho suponga en si mismo un problema. Por lo pronto, disponemos de las reglas en materia de obligaciones y contratos recogidas en el Código civil, pues el protocolo familiar es, como se termina de afirmar, un convenio entre los miembros de la familia. Paralelamente, caso de plantearse como una prestación accesoria, son de aplicación las reglas previstas en la Ley de sociedades de capital para dichas prestaciones.

Sí tiene un carácter específico el régimen reglamentario dispuesto para la publicidad voluntaria del protocolo familiar, donde incluso se recoge el deposito del mismo en el registro mercantil, previa su constancia en documento público notarial. No obstante, el éxito de esta medida de publicidad ha sido nulo en la práctica, pues si bien es usual documentar en escritura pública el contenido del protocolo, no se suele querer su publicación informativa a través del registro, pues permite a terceros acceder a unos pactos llamados en muchos casos a tener un carácter reservado, lógicamente por razón de su naturaleza familiar.

-¿Es una práctica residual o cada vez más habitual?

-La difusión del protocolo familiar ha venido de la mano de dos elementos muy relevantes. El primero sería el elemento asociativo, donde tiene un papel muy destacado entre nosotros la Asociación Andaluza de la Empresa Familiar, especialmente a la hora de divulgar las ventajas del protocolo. El segundo es de naturaleza económica, más concretamente de costes. No cabe la menor duda de que los gastos derivados de la elaboración de un protocolo son en la actualidad muy inferiores a los que se debían afrontar hace veinte años. No en balde, son cada vez más numerosos los despachos profesionales perfectamente capacitados para afrontar esta tarea.

A diferencia de tiempos anteriores, ya no se trata de un instrumento reservado a un número reducido de macro despachos y orientado en exclusiva a grandes empresas de carácter familiar. No en balde, a partir de las contribuciones también desde el ámbito de las asociaciones y de las universidades, se han ido elaborando modelos de protocolos familiares que, si bien no deben ser utilizados a modo de «corta y pega», sirven todos ellos para el establecimiento de unas primeras líneas de trabajo. A partir de aquí las ventajas son claras, pues a un menor coste de elaboración hay que añadir una mayor rapidez en la formulación del protocolo. La práctica ayuda en este sentido.

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