Cómo actuar en caso de accidente en un transporte público

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El pasajero puede ser indemnizado siempre que existan daños físicos o materiales, dependiendo de la gravedad del hecho.

Pasajeros en el interior de la estación de Santa Justa.
Pasajeros en el interior de la estación de Santa Justa. / Víctor Rodríguez
J. G.

16 de agosto 2019 - 10:28

Son días de idas y venidas y aunque la mayoría utiliza para sus desplazamientos el vehículo privado, el número de pasajeros en transporte públicos aumenta bastante en esta época. Se trata de una elección que permiete un viaje rápido y seguro, pero en ocasiones ocurren accidentes graves con lesiones. En estas circunstancias hay que tener claro qué hacer.

"La atención médica inmediata es lo más conveniente en caso de accidentes en transporte público, porque en caso de no contar con parte médico, no habrá indemnización al no poder establecer relación de causalidad entre el accidente y el daño sufrido", explica Ignasi Vives del despacho de abogados Sanahuja Miranda. En caso de haber parte médico, el pasajero será indemnizado dependiendo de la gravedad e entidad de sus lesiones.

El seguro obligatorio de viaje tiene por finalidad indemnizar a los pasajeros cuando sufran daños corporales en un accidente que tenga lugar dentro de un medio de transporte público de personas. Está incluido en los billetes y comprende las indemnizaciones económicas y la asistencia sanitaria cuando como consecuencia de un accidente se produzca la muerte, invalidez permanente o incapacidad temporal del viajero.

Principales coberturas del Seguro Obligatorio de Viajeros

  • Asistencia sanitaria: este seguro responderá hasta 72 horas después de haberse producido el accidente siempre y cuando las lesiones no requieran hospitalización. Si el afectado cuenta con otro seguro obligatorio, el plazo de cobertura podría extenderse hasta 10 días.
  • Indemnización por incapacidad: esta garantía está directamente asociada al grado de inhabilitación que tenga la persona y al tiempo que le demande recuperarse. Si es incapacidad permanente, el proceso suele ser más largo.
  • Indemnización por fallecimiento: en caso de muerte, la familia del accidentado será indemnizada si el fallecimiento se produce dentro de los primeros 18 meses posteriores al accidente y tras comprobarse que fue esa la causa.
  • Para iniciar la reclamación es esencial recopilar toda la documentación con la que se disponga. Para ello se debe conservar el billete del transporte, la documentación médica del individuo afectado y el parte del accidente sufrido.

El importe de las indemnizaciones, varían en función de la categoría de la lesión y están recogidas en el Real Decreto 1575/1989 de 22 de diciembre, por lo que a modo de ejemplo el valor de la indemnización en caso de muerte será de 36.000 Euros aproximadamente, por el supuesto de una fractura del fémur asciende a 1.200 euros, aproximadamente.

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