Maeztu insta a aclarar a los vecinos cómo funciona la ambulancia municipal

castilblanco de los arroyos

El Defensor no aprecia irregularidades en la atención a un menor al que se le denegó el traslado, sí desconocimiento sobre su función

T. Perdiguero

02 de octubre 2016 - 05:01

El Defensor del Menor en Andalucía, Jesús Maeztu, ha emitido una resolución en la que reclama al Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos que dé mayor publicidad y aclare las "condiciones de acceso" al servicio de ambulancia municipal entre sus vecinos y que se "evite en lo posible" que el vehículo se use para otras tareas o trabajos que no estén relacionadas directamente con la salud. Maeztu cierra de esta forma una queja que abrió hace ahora más un año a raíz de varias denuncias públicas. Como la de una familia a la que se le denegó el uso para el traslado a Sevilla de un menor aquejado de un ataque de asma para realizar una radiografía en el tórax, que descartara una dolencia grave, y de otros vecinos que alertaron de que el vehículo se usaba para tareas que nada tenían que ver con su función, como el traslado de pinturas o materiales de obra.

Tras analizar los informes tanto del Ayuntamiento como del Distrito Sanitario, el Defensor considera que, en el primer caso, la "controversia" se ha debido, sobre todo, a "un desconocimiento" por parte de los vecinos de las condiciones de funcionamiento de la ambulancia municipal, vinculada a los servicios y protocolos del SAS. Así, ha certificado que, en virtud de un acuerdo firmado en 2012, la ambulancia municipal está vinculada al traslado urgente y que se activará a través del Centro de Coordinador de Emergencias Sanitarias (061).

En caso de que algún facultativo del propio consultorio tome la decisión, se debe poner en conocimiento igualmente del 061. El vehículo está destinado, en principio, a supuestos "menos graves", para el traslado de enfermos al centro de salud más cercano, en Alcalá del Río, o al hospital, o para que el propio facultativo pueda trasladarse a su vez a la casa del enfermo.

Pero, en el caso concreto que motivó la queja, el informe remitido por Salud verifica que el menor "no requería una atención médica urgente en el hospital". Los padres denunciaron que, en septiembre de 2015, su hijo de 10 años, aquejado de un ataque de asma por un posible foco neumónico, fue derivado a las Urgencias del Hospital Virgen Macarena. Como la familia no tenía coche ni otros medios para trasladarse, solicitó la ambulancia municipal pero se le dijo que se encontraba "inoperativa" y fue atendido durante esa noche y madrugada en el consultorio. El informe remitido por el facultativo al Defensor del Menor corrobora que "no requería de una atención médica urgente en el hospital", y que su sintomatología se podía atender con los medios de que se disponía en la consulta. "La ambulancia municipal no se llegó a solicitar, ya que dicho servicio se encuentra reservado en el protocolo para casos de especial urgencia dada la lejanía del municipio al hospital", concluye Maeztu.

Atendiendo a estos informes, el Defensor del Menor, no advierte "irregularidades" en la atención que se prestó ni en la operatividad de la ambulancia. Sí recomienda que se aclare a los vecinos su funcionamiento. También reclama -aunque en la resolución no se entra al detalle de estas denuncias- que la ambulancia no se use para otras "tareas no relacionadas con la salud".

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