Violencia machista

Un acusado sostiene que su ex mujer recibió 40 puñaladas en un "forcejeo"

  • La defensa alega que se trató de un "crimen pasional" en el que hubo varias circunstancias atenuantes, como el consumo de cocaína

El acusado, Manuel Rodríguez Muñoz, esposado ayer en el juicio.

El acusado, Manuel Rodríguez Muñoz, esposado ayer en el juicio. / raúl caro / EFE

Una versión increíble de sostener. Manuel Rodríguez Muñoz, el hombre acusado de asestar 40 puñaladas a su ex mujer, María del Castillo Vargas -hija de la cantaora Juana Vargas-, y arrojarla por el balcón de su casa en Lebrija, defendió ayer ante el jurado encargado de enjuiciarle que todas las puñaladas que recibió la víctima fueron durante un "forcejeo" que mantuvo con ella, al tiempo que llegó a afirmar que fue ella la que se arrojó voluntariamente por la terraza.

El acusado, que se enfrenta a una petición de la Fiscalía de 31 años de prisión por un delito de asesinato, sólo accedió a responder a las preguntas de su abogada defensora, a la que dijo que llevaba prácticamente toda la vida con María del Castillo, desde que se hicieron novios con 13 ó 14 años. El acusado relató que el día de autos se dirigió al bar donde trabajaba su mujer en la localidad de El Cuervo y ella le indicó, según su versión, que no le podía atender en ese momento porque había clientes, por lo que le dijo que fuera luego a su casa, en la localidad de Lebrija.

Manuel Rodríguez declara que "jamás se le ha pasado por la mente" matar a su ex mujer

Manuel Rodríguez afirma que, de madrugada -eran sobre las cuatro y media-, llamó a la puerta, pero la víctima no abría y como vio luz entró por la ventana, viendo a su ex mujer "sentada en el sofá, esperándolo".

A partir de ese momento y, sin una explicación aparentemente lógica, el acusado sostuvo que María cogió el teléfono móvil y se fue a la cocina. Él la siguió, pidiéndole el teléfono y ella "cogió un cuchillo" de la encimera y le cortó los dedos, añadió el acusado, que aseguró que en un momento consiguió arrebatarle el cuchillo. "Forcejeamos, levanté las manos y me eché hacia atrás" y en ese forcejeo, prosiguió, "ella se dio en el cuello" con el cuchillo. A continuación, se puso "nervioso" y entró en estado de shock, mientras María, continuó, se lanzó por el balcón. Cuando miró, la encontró en el suelo, en medio de un "charco de sangre", y saltó, rompiéndose un tobillo y una muñeca, y entonces fue a buscar el coche, personándose en la Jefatura de la Policía Local, donde les dijo a los agentes que su mujer "se había tirado y estaba en el suelo".

La fiscal del caso advirtió numerosas contradicciones entre este relato y el testimonio que Manuel Rodríguez prestó ante la juez de Instrucción, por lo que pidió que se leyera esa declaración y se preguntara al acusado sobre dichas contradicciones. "Yo eso no se lo he hecho a mi mujer, no es cierto que la acuchillara", aseveró el acusado, que también negó los malos tratos a pesar de que ya ha sido condenado a nueve meses de cárcel por un delito de lesiones y que tiene pendiente otro juicio por el que se le puso una orden de alejamiento que estaba en vigor cuando se produjo el crimen. "Jamás en la vida se me ha pasado por la mente hacerle eso a mi mujer. Nunca he tenido problemas con ella, de ninguna clase", agregó en su descargo.

Durante la instrucción reconoció que movió el cuchillo delante de la víctima y también dijo que era "posible que le diera con él, pero no lo recuerda", según el extracto de la declaración que se leyó en la sala de vistas de la Audiencia de Sevilla.

Un guardia civil del Equipo Mujer-Menor (Emume), que investiga los casos de violencia de género, relató que contactó con un magrebí que le había dicho que había iniciado una relación sentimental hacía poco tiempo con la fallecida y que le aportó un mensaje de whatsapp en el que uno de los hijos -la víctima tenía dos hijos que en el momento del asesinato tenían 11 y 7 años- le decía que su padre le había dicho a su madre que como la viera con un novio "le cortaría el pescuezo".

La abogada defensora afirmó en su alegato previo que los hechos constituyen un delito de homicidio, no de asesinato, al entender que fue un "crimen pasional, no un asesinato", dado que considera que la muerte "no fue premeditada ni planeada", y añadió que concurren hasta tres atenuantes: la de confesión, por haberse entregado; la de arrebato u obcecación porque "no estaba bien ni era consciente"; y la de estar bajo los efectos de la cocaína.

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