Nueva condena al Ayuntamiento por no limpiar la cera de las cofradías

Semana Santa

El juez reconoce que el peligro estaba bien señalizado y reduce la indemnización a la mitad

Una calle con restos de cera
Una calle con restos de cera
Amanda Glez. De Aledo

08 de abril 2019 - 02:00

Una nueva sentencia confirma la responsabilidad del Ayuntamiento de Sevilla por una caída al no limpiar bien la cera de las cofradías: el juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de Sevilla le ha condenado a pagar 12.920 euros a un motorista que sufrió la fractura del tobillo al frenar en un paso cebra y caer de su ciclomotor.

No obstante, la indemnización es la mitad de la reclamada por concurrencia de culpa, pues las calles tenían carteles advirtiendo del peligro y el motorista debió extremar la precaución al frenar.

El demandante Ángel P.G. circulaba el 11 de abril de 2017 (Martes Santo) por la calle San Pablo cuando frenó para dejar pasar a unos peatones en un paso cebra y su ciclomotor resbaló “como consecuencia del deficiente estado de limpieza de la calzada”. Requirió intervención quirúrgica, ingreso hospitalario de tres días y estuvo seis meses de baja.

El juez considera demostrada la responsabilidad municipal, y en concreto de la empresa LIPASAM, por mal funcionamiento del servicio público. Contrasta así con otros magistrado que en ocasiones similares han absuelto al Consistorio porque durante la Semana Santa sevillana "la existencia de cera en las calles es algo habitual” que debe ser conocido por los usuarios.

Los abogados demandantes, Miguel Sedeño y José Carlos Lasida, argumentaron que tras el paso de las cofradías, el accidente era “un hecho perfectamente previsible y subsanable”. Consideraron que hubo una “evidente dejadez de los servicios municipales que permitieron que se encontrara la calzada abierta a la circulación”.

El juez les da la razón y recoge que el propio atestado de la Policía Local constató los restos de cera en la calzada y que el accidente se había producido “a consecuencia del mal estado de la vía”.

LIPASAM, según la sentencia a la que ha tenido este periódico, tuvo tiempo “más que suficiente para, al menos, limpiar la calle y tratar de eliminar lo máximo posible la cera caída, aunque la eliminación total sea imposible”. Además, siendo un punto de paso de cofradías, “debe extremarse la limpieza y eliminación de restos de cera dado el peligro que supone para los viandantes, provocando resbalones y caídas”.

Dice el juez que todos los testigos “fueron claros y coincidentes en cuanto a la acumulación de cera” pero también es verdad que tanto la calle San Pablo como las que había tomado el motorista hasta llegar a ese punto tenían carteles advirtiendo del peligro de resbalones.

Por ello, el conductor “debió extremar la precaución y diligencia debida en la conducción”, especialmente cuando frenó al pasar junto a un paso de peatones por el que cruzaban unos viandantes. El juez reconoce que no iba con exceso de velocidad pero sí le dice que debió advertir las circunstancias de la calzada porque “es de común conocimiento que los neumáticos chirrían ante la presencia de cera”.

Por tanto, la indemnización concedida se reduce a 12.920 euros, la mitad e la reclamada tras restar otras cantidades como el peritaje médico que, en su caso, debe cobrarse junto con las costas judiciales.

A ello se une que, pese a residir en Tomares, el motorista pasaba habitualmente por la zona para dejar a su hija -que iba de paquete- en su lugar de trabajo.

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