Sevilla

Coronavirus: Un sindicato judicial denuncia que el TSJA ha impuesto el incremento de funcionarios

  • Considera que esa tarea podrían hacerla los jueces y secretarios judiciales mediante "teletrabajo"

Los juzgados de Guardia de Sevilla.

Los juzgados de Guardia de Sevilla. / Juan Carlos Vázquez

El Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia (STAJ) ha denunciado este martes que el TSJA ha impuesto el incremento de funcionarios para realizar una tarea que, según esta organización sindical, podrían realizar los jueces y secretarios mediante "teletrabajo", sin necesidad de acudir presencialmente a los órganos judiciales.

STAJ señala que la atención de los servicios esenciales en la jurisdicción penal, salvo la de los juzgados de guardia o la celebración de juicios o resolución de recursos declarados urgentes, consiste fundamentalmente en el control diario de entrada de escritos y documentos a través de la plataforma judicial Lexnet, actividad que es vital para que no se produzcan situaciones indeseables que podrían suponer vulneraciones de derechos fundamentales. Esta labor pueden realizarla jueces y secretarios judiciales en remoto, con certificado digital, mediante "teletrabajo", una modalidad que debe ser en estos momentos de emergencia, la absoluta prioridad. Esta "simple tarea evita que tengan que personarse diariamente funcionarios de los Cuerpos Generales en los juzgados, únicamente para ver si han entrado o no esos escritos o documentos en tales procedimientos urgentes, que desde luego, no se dan todos los días. De ingresar, los funcionarios disponibles acuden puntualmente a realizar la actuación que proceda".

Sin embargo, la Comisión de Seguimiento, presidida por el TSJA, "en la que se le ha negado participar a los representantes de los funcionarios, a pesar de ser los mejores conocedores de las incidencias que se producen o no en los servicios esenciales, ha impuesto un incremento de la dotación presencial para la realización de esta tarea, en lugar de encomendar su control en remoto a jueces y secretarios judiciales, únicos competentes para calificar la urgencia o no de los escritos".

Esta "obstinada cabezonería, y nada razonable, abre una peligrosa brecha entre la necesaria colaboración de las instituciones y colectivos que participan en el sector de la Justicia y constituye una seria amenaza para las medidas de contención del virus en este sector, demostrando una vez más que el TSJA parece vivir a espaldas de la realidad que el mundo entero está viviendo. Parecen no entender que la gente muere por por el contagio del Covid-19; que existe una orden mundial de confinamiento y que España registra los niveles más altos de contagio y fallecimientos", añade.

Para este sindicado, el "decidido propósito" de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal de la Consejería responsable del ramo en Andalucía, por mantener el mínimo número de personas en las sedes judiciales, siguiendo rigurosamente las indicaciones de las Autoridades sanitarias, no ya las españolas, sino las autoridades mundiales, dirigidas al mantenimiento de las personas fuera de la exposición para el control de la propagación del COVID-1-, se está viendo "atenazado por las ciegas presiones del TSJA, que reclama mayor presencia de funcionarios en las sedes judiciales, sin justificar, en modo alguno, la necesidad".

"Desde STAJ queremos dejar claro que si los servicios esenciales están funcionando es por la absoluta entrega de los funcionarios de los Cuerpos generales de la Administración de Justicia, que también se juegan a diario la vida atendiendo sin apenas medios de protección a todo tipo de público que accede a las dependencias judiciales y que también, en numerosos casos, están atendiendo actuaciones fuera de la jornada habitual de trabajo, como sucede con la expedición de licencias de enterramiento por las tardes o en fines de semana".

Por último, señala que desde que se inició el estado de alarma la atención de los servicios esenciales en la Administración de Justicia se está realizando directamente por los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, en muchos casos sin los debidos sistemas de protección. Para ello, la Consejería competente en materia de personal ha dictado diversas resoluciones en las que se intenta que la presencia de funcionarios en los órganos judiciales sea la mínima posible, quedando el resto en situación de disponibilidad y en condiciones de constante localización, para atender puntualmente aquellas actuaciones urgentes declaradas servicios esenciales.

Hasta la fecha, "no se ha producido ni una sola disfunción ni desatención de los servicios", lo que demuestra que la dotación presencial reducida y de disponibilidad del resto de funcionarios establecida por la Consejería era más que suficiente y garantizaba la prestación puntual del servicio.

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