Sevilla

La Defensora pide adaptar el IBI a la sentencia del Tribunal Supremo

  • Los suelos urbanos aún no desarrollados deben tributar como rústicos.

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha reclamado una reforma del IBI para dar cumplimiento a una reciente sentencia del Tribunal Supremo, que ha fallado que si un suelo está calificado como urbanizado pero no tiene las características de solar urbano (acceso a agua, luz, aceras, etcétera) deberá tributar como rústico en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

En una nota enviada a la prensa, la Defensora del Pueblo explica que ha preguntado a la Secretaría de Estado de Hacienda cómo va a adaptar los datos y valores catastrales del suelo calificado como urbano no desarrollado al contenido de la sentencia del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2014. La sentencia señala que si un suelo se ha calificado como urbanizado pero no tiene las características de solar urbano (acceso a agua, luz, aceras, etcétera) deberá tributar como suelo rústico.

La institución que dirige Becerril recuerda que "la legislación actual obliga a tributar por una finca como urbana desde que el Catastro recibe la comunicación del nuevo planeamiento".

Y añade que "existen municipios que aprobaron un Plan General de Ordenación Urbana en una etapa de expansión y desarrollo inmobiliario, que nunca se ha desarrollado por el cambio en la situación económica".

La sentencia del Tribunal Supremo coincide con el criterio del Defensor del Pueblo que, en su informe monográfico La Realidad Catastral en España publicado en 2012, ya señalaba la necesidad de acomodar la valoración catastral al principio de capacidad económica real. Para la Institución, "valorar con fines tributarios un inmueble por encima de su valor de mercado, supone gravar una riqueza ficticia o inexistente".

El informe monográfico del Defensor del Pueblo de 2012 deja claro que "entre los derechos de los ciudadanos reconocidos en la Constitución está el derecho a un sistema tributario justo, basado en el principio de contribución en relación con la capacidad económica de cada uno que, además, tiene que ser actual, es decir, tiene que existir capacidad de pago". Agrega, por tanto, que "la asignación del valor catastral a los bienes inmuebles implica el reconocimiento de la capacidad económica a sus titulares, y los ciudadanos sólo pueden oponerse al mismo mediante recurso, acompañado de medios técnicos y dictámenes periciales, con el coste que ello supone".

En el documento se hace hincapié en que hay aspectos de la valoración catastral que se apartan de esos principios que marca la Constitución y reclama una modificación tributaria que aproxime el valor catastral a un sistema tributario justo.

La Defensora critica que los criterios de cálculo del valor catastral sean idénticos sin atender a las singularidades de cada comunidad o municipios "que pueden no encajar en la tendencia general del mercado, provocando evidentes desigualdades de facto alejadas de la realidad, por lo que se recomienda que se definan en la base conceptos diversos".

Advierte, además, que el concepto de "valor del mercado" que otorga el Catastro no puede ser estático durante una década, "ya que se mantienen durante diez años unos valores que pueden haber sido alterados en la toma de muestras del mercado, por circunstancias especulativas o coyunturales que no cumplen con la pretensión de que se tribute por la riqueza que cada contribuyente tenga disponible, o por las expectativas razonables de alcanzarla".

En tercer lugar, destaca que "mientras se mantenga el valor de mercado como referente fundamental del valor catastral, las poblaciones donde no hay dinámica de mercado no deberían ser objeto de nuevas valoraciones".

La cuarta advertencia se refiere a que "el límite del 50% del valor de mercado medio en la zona produce un resultado injusto y debería ser una limitación individual para cada inmueble".

Becerril pide que la Ley de Presupuestos Generales del Estado apruebe coeficientes reductores que ajusten el valor de mercado al valor catastral en valoraciones que se efectúan en años alcistas, y recuerda la situación a la baja del mercado inmobiliario en 2012.

La Defensora pide que se corrija la aplicación de valores de mercado a las viviendas de protección oficial cuyo precio máximo de venta está limitado por la Administración.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios