La Fiscalía insiste en que la juez Alaya sea apartada de Mercasevilla
El Ministerio Público emite un nuevo informe en el que ratifica que la "imparcialidad" de la magistrada puede verse afectada por el trabajo de su marido en la empresa
La Fiscalía insistió ayer en que la juez de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, debe ser apartada de la causa en la que se investigan delitos societarios en Mercasevilla, debido al trabajo que desempeñó el marido de la magistrada como auditor de la empresa hasta el año 2001.
La magistrada de la Audiencia de Sevilla Eloísa Gutiérrez, que ha sido designada para resolver la recusación planteada por una de las defensas y a la que se adhirió el Ministerio Público, dio traslado el pasado martes a la Fiscalía para que se pronunciara sobre si mantenía el criterio de que la juez Alaya debía ser apartada del proceso.
El departamento que dirige María José Segarra respondió ayer mismo a la Audiencia de Sevilla, ante la que ha ratificado los argumentos por los que considera que la juez Alaya no debe seguir investigando la causa del delito societario, una de las tres vías abiertas por la instructora respecto a las presuntas irregularidades en el Mercado central de abastos.
La decisión de la Fiscalía, que inicialmente se opuso a la recusación porque no veía motivos, se produce a pesar de que la propia Mercasevilla remitió un informe en el que certificaba que la última auditoría que realizó la empresa KPMG, en la que trabaja el esposo de la juez Alaya, fue la correspondiente al ejercicio económico de 2001.
Con estos datos, a priori, la labor de la juez y de su marido no tendrían por qué cruzarse, dado que la magistrada Mercedes Alaya aseguró que la investigación se remonta a septiembre de 2002, cuando fue nombrado gerente de Mercasevilla Fernando Mellet, principal imputado en la causa.
El informe de la Fiscalía en el que se adhería a la recusación de la juez Alaya consideraba que resulta "innegable la relación del contenido objetivo de la investigación que ahora se inicia con la actividad profesional desplegada por el cónyuge de la instructora en la empresa Mercasevilla", lo que llevó al fiscal a estimar que esta circunstancia puede "tener influencia en la debida imparcialidad de la instructora". El argumento de la Fiscalía parte de que, en su opinión, no se puede analizar contable y financieramente un período contable de septiembre a diciembre de 2002, sin tener en cuenta todo el año fiscal natural, lo que incluye el período en el que su marido trabajó como auditor.
La juez que tramitó el incidente de la recusación de Alaya, aunque no emitió una propuesta de resolución debido a la condición de magistrada de la juez recusada -de acuerdo con la tramitación que establece la ley orgánica del Poder Judicial-, sí que rechaza que Alaya haya podido verse afectada por las "ideas preconcebidas" de ésta por estar investigando otras causas como la de la venta de los suelos de Mercasevilla y el presunto cobro de comisiones ilegales por parte de los ex directivos Fernando Mellet y Daniel Ponce.
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