Reclamaciones a los ayuntamientos

Resbalones y tropiezos con losetas, arquetas y alcorques en mal estado

  • El Consejo Consultivo suele reducir las indemnizaciones que se piden aunque reconozca que la caída se produjo por un desperfecto  

  • Estos son algunos ejemplos de los 12 casos estimados en Sevilla desde 2015  

Una señora sube a la acera junto a un socavón y otros desperfectos provocados por las raíces.

Una señora sube a la acera junto a un socavón y otros desperfectos provocados por las raíces. / Juan Carlos Vázquez

Socavón junto a la acera en el Porvenir: El Consejo Consultivo avaló el pago de una indemnización por 18.557 euros a un hombre de 70 años que se cayó, un 25 de enero, al cruzar la calle Porvenir, en una zona habilitada para ello, tras tropezar con un socavón junto a la acera, que no vio porque había dos coches aparcados indebidamente y estaba anocheciendo. Estuvo 22 días ingresado en el hospital y, en su informe, adjuntó el testimonio de tres personas que presenciaron el accidente. Pedía una indemnización al Ayuntamiento de Sevilla de 61.433,70 euros.

En su dictamen, el Consultivo recuerda que existía un daño real en el pavimento, por la rodadura de los vehículos, de unos 7 centímetros de profundidad y de un metro cuadrado que no era nuevo. Ahora bien, matiza que había luminosidad suficiente y que la existencia de vehículos mal aparcados no se traduce en una “responsabilidad municipal automática”, ya que la vigilancia y retirada no puede ser “llevada al extremo” de exigir una “retirada continua y permanente por la grúa” en toda la ciudad. En esas circunstancias, el viandante debía haber extremado las precauciones, dice. En cuanto a la reclamación económica, cuestiona los 20.000 euros reclamados por una incapacidad permanente total “inexistente”. Así, respalda la propuesta municipal por una indemnización total de 37.115,80 euros, que se queda en la mitad porque la culpa se reparte entre el Ayuntamiento y el propio accidentado.

Pavimento levantado por raíces en San Diego: El Consejo también emitió un dictamen favorable a la indemnización propuesta por el Ayuntamiento de Sevilla por 23.268,24 euros para un vecino que reclamaba 134.931,41 euros, tras caerse en una zona peatonal de los Jardines de San Diego, un 15 de julio. El firme de tacos de granito estaba levantado por el crecimiento de las raíces de un árbol cercano, según el informe del Servicio de Parques y Jardines, que ordenó arreglarlo después.

Así, el Consultivo considera que está acreditada la “relación de causalidad entre los daños ocasionados y el funcionamiento del servicio público”. La rebaja de la indemnización se produce por la diferente valoración de los daños del afectado, que ya tenía un estado previo de incapacidad permanente por la pérdida de agudeza visual en un ojo, que se agravó tras la caída, y que pedía también una compensación por perjuicios morales a la familiares y gastos en adecuación de vivienda. El Consultivo coincidió con el Ayuntamiento, en este caso, en que había otras causas que contribuyeron a al estado final del ojo izquierdo de este vecino y no sólo el traumatismo.

Alcorque con tutor roto en la calle Doctor Fedriani: El Consejo Consultivo de Andalucía se ha pronunciado recientemente a favor de indemnizar con 17.466,08 euros (según la valoración de daños realizada por la administración) a una vecina de Sevilla que se cayó en junio de 2015 (los casos tardan mucho tiempo en resolverse), al bajarse de su coche aparcado en la avenida Doctor Fedriani, junto a la Escuela de Idiomas. Al intentar acceder a la acera tropezó con los restos del tutor de un árbol mal cortado, en un alcorque.

Pedía 126.441 euros de indemnización por secuelas como limitación severa de la movilidad en la muñeca derecha, hombro doloroso o estrés postraumático, entre otras. El Consultivo corrobora la responsabilidad patrimonial de la administración en el accidente (un alcorque sin señalizar, sin árbol y con un tutor cortado a 10 centímetros de altura, junto a una zona de aparcamiento). Pero considera más ajustada la valoración de daños hecha por la administración. En este, como en otros casos, el interesado puede acudir también a la vía judicial para defender su criterio.

Losetas sueltas y desaparecidas en una calle del centro. Losetas sueltas y desaparecidas en una calle del centro.

Losetas sueltas y desaparecidas en una calle del centro. / Juan Carlos Vázquez

Loseta levantada en la calle San Jacinto: En un dictamen de 2017, el Consejo Consultivo recoge el accidente de una mujer que tropezó con una loseta de la acera en la calle San Jacinto, que estaba ligeramente levantada al haberse despegado la argamasa. El material y la trama en la que estaba insertado hacían que no se viera el defecto con claridad.

La mujer reclamaba al Ayuntamiento una indemnización de 26.298 euros por la rotura del tobillo y otros problemas derivados de la caída. Los juristas del órgano, sin embargo, desvinculan de la caída otras patologías alegadas y tuvieron en cuenta que la caída se produjo a plena luz del día, en un acera ancha, con una baranda a la que pudo asirse la accidentada. Así, reparte de la responsabilidad de la caída entre el Ayuntamiento y la propia afectada, que tiene derecho a recibir la mitad de los 4.850,80 euros en los que se cuantifican las lesiones.

Tropiezo con los tornillos de un banco en la Avenida de los Gavilanes: Uno de los casos en los que el Consultivo reconoce el 100% de la responsabilidad patrimonial de la Administración, sin repartirlo entre la persona que sufre la caída, hace referencia a la reclamación que puso una mujer de 73 años, que se cayó en la Avenida de los Gavilanes, delante de la oficina de Correos. Tropezó con los restos de unos tornillos de anclaje de un banco que había sido retirado de la vía pública. Los tornillos sobresalían más de tres centímetros.

Aunque el accidente se produjo de día en un acera ancha, era fácil que se confundieran con el pavimento por su color y otras hendiduras que existían en las losetas. Aún así, el Consultivo considera más ajustada la indemnización que propone el Ayuntamiento, de 7.582,29 euros, por los 148 días que la mujer estuvo de baja y por una secuela definitiva valorada en 3 puntos, teniendo en cuenta que la víctima ya no se encuentra en edad laboral. Ella pedía 16.591. 

Resbalón al pisar una arqueta de Telefónica en Nervión: El Consultivo emitió un dictamen en contra de la decisión del Ayuntamiento de Sevilla de no indemnizar a un peatón que estuvo dos días hospitalizado y sufrió diversas secuelas, tras resbalarse al pisar una tapa de registro deslizante, que estaba hundida en parte y levantada junto a la solería, en una zona muy transitada, cerca del Estadio Sánchez Pizjuán.

El Ayuntamiento de Sevilla, que no negaba el mal estado de la misma, rechazaba pagar los 30.546,86 euros que pedía el accidentado, alegando que no era el titular de la arqueta, aunque después del accidente se cubrió con albero o arena. El Consejo Consultivo recuerda el “deber de cuidado y vigilancia de los elementos integrados en la vía pública” y más cuando, como en este caso, la tapa estaba situada en el acerado justo frente a un paso de cebra.

Agujero en el calle Monte Carmelo: En 2016 dictaminó que se debía indemnizar con 8.027 euros a una mujer por la fractura de tobillo que sufrió al meter el pie en un agujero, cuando bajó de la acera para meter unas bolsas en el maletero de su coche. Tuvo en cuenta las lesiones, pero también que el desperfecto estaba fuera de la acera, que había buena visibilidad y que era lugar de paso habitual de la accidentada, que iba cargada con bolsas, por lo que considera que hubo otras cosas que contribuyeron a que no viera el estado de la calzada. Así, cree que la responsabilidad es compartida. La mujer reclamaba 22.853 euros, además de por las lesiones, por los gastos de asistencia doméstica y de transporte, que el Consultivo no consideró debidamente acreditados.

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