El TSJA avala el despido colectivo de Mercasevilla realizado en 2013
Justifica la medida en la "precaria situación económica de la empresa" y una rentabilidad empresarial "a todas luces insostenible".
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía(TSJA) ha declarado procedente – el despido colectivo acordado por Mercasevilla en agosto de 2013, en una sentencia en la que considera el despido “ajustado a Derechos” porque entiende que en este caso concurren todas las causas económicas, técnicas, productivas y organizativas que invocaba la empresa en la memoria justificativa y en la comunicación extintiva.
En ese sentido, el Alto Tribunal andaluz alude a la modificación de los Reglamentos de Servicios y Régimen Interior de la empresa Mercasevilla S.A., modificación que entraba en vigor el día 12 de Agosto de 2.013, por lo que “desde esa fecha cesa la obligatoriedad de que los empresarios mayoristas del pescado utilicen a trabajadores de Mercasevilla para realizar los servicios de carga, descarga, facturación y cobro, funciones que pasan a ser gestionadas directamente por los empresarios mayoristas del pescado.
Igualmente declara la resolución que la empresa había realizado varias ofertas de nuevas tasas a los empresarios mayoristas de pescado para que continúen recibiendo los servicios, propuesta que fue rechazada por estos empresarios.
El tribunal se refiere a la situación económica de la empresa y destaca que la misma se ha visto deteriorada por dos Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) anteriores, los realizados en 2003 y 2007, así como por el hecho de que la Junta de Andalucía no responde de la financiación de los costes de este último ERE, por las irregularidades detectadas en el mismo, como son la inclusión de trabajadores que no prestaron servicios en Mercasevilla S.A., los denominados intrusos, y el pago de comisiones excesivas a los asesores y empresas aseguradoras, lo que ha dado lugar a la investigación que lleva a cabo la juez Mercedes Alaya.
El fallo detalla la situación de pérdidas de la empresa en los últimos años, concretando todos los datos económicos relevantes, como resultados, rentabilidad y otros; y relata el proceso de negociación del despido colectivo, la situación singular de la escuela infantil que se cerró –que también se investiga por otro juzgado-, así como los criterios objetivos de designación de los trabajadores afectados por el despido colectivo, en que finalmente se vieron afectadas 129 personas, conservando su empleo 39 personas de los servicios que se externalizaron.
La sentencia declara la falta de legitimación pasiva alegada por la Asociación de Mayoristas del Mercado Central de Pescados, los empresarios mayoristas del pescado demandados, las empresas Grudescase S.C.A., Gesico Sistemas S.L., y también por el Ayuntamiento de Sevilla, al ser ajenos al despido colectivo acordado por la empresa Mercasevilla.
En cuanto al fondo, declara ¡que las causas de extinción de las relaciones laborales además de ser debidamente notificada “a través de una Memoria explicativa, que si algo peca es de exhaustiva, son causas de todo punto notorias, en primer lugar la precaria situación económica en la que se encuentra la empresa, que incluso a juicio del perito que depuso a instancias del Comité de Empresa tiene una rentabilidad en 2.012 de –147%, estimando que se aprecia una mejoría sólo por el hecho de que en años anteriores la rentabilidad fue incluso menor, un –345% en 2.010 y un –161% en 2.011, rentabilidad empresarial que es a todas luces insostenible, siendo una situación que no se puede perpetuar por el hecho de que no está peor que en otros años, cuando además prestaba un servicio obligatorio por el que percibía unas tasas que el 12 de agosto de 2.013 van a desaparecer, situación económica que exige desde el punto de vista económico, político y lógico una intervención inmediata, que no sea la de subvencionar a fondo perdido el mantenimiento de los empleos.”
También declara que en cuanto a la situación económica, el propio informe del perito aportado por el Comité de Empresa, que se encuentra en una “situación económica financiera muy delicada” debido a una “gestión deficiente a tenor de sus consecuencias incluso penales”, con un “nivel de endeudamiento muy elevado”. En este informe se señala que “el análisis de la capacidad económica de Mercasevilla muestra que ésta es negativa, es decir, que la explotación de las distintas actividades que lleva acabo no genera resultados positivos”, a lo que hay que unir que “las fianzas depositadas por mayoristas y minoristas para poder vender y comprar en Mercasevilla serán devueltas cuando el empresario deje de comercializar con Mercasevilla", y que “la empresa tiene dificultades para generar recursos positivos y/o suficientes para el desarrollo de su actividad.
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