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Vilaplana imputa al ex viceconsejero Justo Mañas por el ERE de Mercasevilla

  • El juez amplía la imputación a Mellet y al "hombre de paja" del conseguidor Juan Lanzas

Vilaplana imputa al ex viceconsejero Justo Mañas por el ERE de Mercasevilla

Vilaplana imputa al ex viceconsejero Justo Mañas por el ERE de Mercasevilla

Vilaplana amplía la investigación por los ERE de 2003 y 2007 de Mercasevilla, que recibió más de cuatro millones de euros en ayudas en ese periodo. El magistrado ha dictado un auto en el que, atendiendo a la petición realizada por la Fiscalía Anticorrupción, ha acordado imputar en la causa al ex viceconsejero de Empleo de la Junta Justo Mañas, de un lado, y confirmar la exclusión del que fuera consejero de Empleo Antonio Fernández, en aplicación del principio non bis in ídem, por el hecho que de este ex alto cargo ya fue enjuiciado en el denominado "procedimiento especifico" de los ERE.

En el auto, Vilaplana ha decidido ampliar la imputación contra el ex director de Mercasevilla Fernando Mellet y contra Juan Francisco Algarín Lamela, el "hombre de paja" del conseguidor de los ERE Juan Lanzas, así como contra el ex directivo de la consultora Vitalia Antonio Albarracín y el trabajador de la misma Francisco González.

El magistrado ha citado a declarar como investigados el 15 de enero de 2021 a Justo Mañas, al administrador de Hermes Consulting, Francisco Limón, y al testaferro Juan Francisco Algarín Lamela, quien en su día aseguró que entregó dinero en un sobre a Lanzas, en presencia del entonces alcalde de Sevilla Alfredo Sánchez Monteseirín.La ampliación de la investigación se produce después de que la Audiencia de Sevilla haya estimado parcialmente el recurso que presentó la Fiscalía contra la decisión de la juez María Núñez Bolaños de extender las pesquisas al segundo ERE de Mercasevilla, que tuvo lugar en el 2007 y en el que la Junta prometió más de ocho millones que nunca se llegaron a pagar.

En el auto, el juez de refuerzo ha acordado asimismo llamar al procedimiento a la empresa Mercasevilla en una doble condición: como responsable subsidiaria y como entidad perjudicada.

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