Las arquitectas condenadas por el caso Bustos Tavera pagan la indemnización

El fallo ya es firme y las imputadas no han recurrido el año de cárcel exigido a ambas

R. S.

06 de agosto 2010 - 05:03

Dos arquitectas sevillanas han pagado una indemnización de 180.000 euros por la muerte de una joven barcelonesa en el derrumbe de una fachada de la calle Bustos Tavera de Sevilla. Las imputadas no han recurrido su condena de un año de cárcel, que ha sido declarada ya firme.

Fuentes del caso informaron de que las arquitectas M.O.S.Y. y M.D.F. no han acudido al Tribunal Constitucional, por lo que el juzgado sevillano que vio el caso ha emprendido la fase de ejecución de la sentencia y ha pedido a la Fiscalía y a la acusación particular que se pronuncien sobre la suspensión del ingreso en prisión o su sustitución por una multa.

La Audiencia de Sevilla, en abril del año pasado, confirmó la condena de un año de cárcel y tres de inhabilitación para las arquitectas por el derrumbe de una fachada en rehabilitación. La Audiencia dictaminó que el colapso de la fachada era "indiscutible y previsible" y podría haberse evitado si las dos condenadas hubieran hecho "un estudio básico de resistencia" del muro, por lo que confirmó la condena impuesta por el juzgado penal 2 de la ciudad con una pequeña modificación en el cálculo de los intereses legales. Actualmente, el juzgado declara firme la condena y ordena la entrega a los padres de la fallecida de los 180.000 euros depositados como indemnización.

Además, acuerda actualizar la hoja de antecedentes penales de las procesadas, pide a la Fiscalía y al abogado de los padres que se pronuncien sobre la sustitución de la pena de cárcel y solicita a la acusación particular que aporte su cuantificación de los intereses según los términos acordados en la sentencia. El aparejador y la promotora han sido absueltos.

Las dos arquitectas fueron condenadas por un delito de homicidio por imprudencia profesional grave por el fallecimiento de la joven en el derrumbe ocurrido a las 17:25 horas del 6 de abril de 1999, al hundirse la fachada de un edificio que se estaba rehabilitando para viviendas.

Los jueces de la Audiencia consideraron, en su sentencia definitiva, que no se vulneró el derecho a la presunción de inocencia de las acusadas .

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