Sevilla

Las cachimbas no son productos del tabaco

  • La Feria de la Cachimba defiende que no infringe las normas de la publicidad del tabaco

Imagen de la publicidad de la Feria de Cachimba en Tussam.

Imagen de la publicidad de la Feria de Cachimba en Tussam. / M. G.

Las cachimbas no constituyen productos del tabaco de acuerdo con la definición del artículo 2 de la ley 28/2005, de medidas snaitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicad de los productos de tabaco, y por lo tanto su publicidad "no está prohibida". Así lo ha explicado Aytac Büyükleyla, administrador de Projekt20Drei10, S.L., empresa organizadora de la feria Shisha Messe que tuvo lugar entre los días 16 y 18 de junio en Fibes.

Tras la denuncia de la asociación Nofumadores.org respecto al apoyo del Ayuntamiento de Sevilla a las ferias de la cachimba, el cannabis y el vapeo, la empresa organizadora ha explicado a este periódico que la publicidad de la feria "no puede ser equiparada a un acto de promoción del tabaco por cuanto no hay en ella ninguna llamada, en modo alguno, al consumo de productos de tabaco".

Así, señala que la publicidad de la feria "no ha sido dirigida a zonas deprimidas sino al público en general, cumpliendo la ley e incluyendo, entre otros lugares, el aeropuerto sevillano y cartelería por toda la ciudad, no sólo en el barrio de las Tres Mil Viviendas".

Además, prosigue indicando que Shisha Messe es una feria de cachimbas que se celebra sola, no existe ninguna feria concomitante, ni de cannabis ni de vapeo ni ninguna otra" y en la publicidad "no se esconde nada, ni la palabra tabaco ni ninguna otra, está redactada con claridad y simplice dice lo que en ella cualquiera puede leer, nada más".

Por todo ello, concluye que "no puede afirmarse la existencia de ninguna ifnracción contra las normas de la publicidad del tabaco" y asimismo "no ha habido ninguna sanción en las tres ediciones anteriores de la feria en Sevilla, ni existe ningún procedimiento en curso al respecto. La infracción de las normas sólo puede ser aseverada por los jueces al final de un proceso sancionador que cumpla todas las garantías legales y esto no ha ocurrido".

Por último, la empresa organizadora asegura que las cachimbas no constituyen productos del tabaco de acuerdo con la definición de la ley 28/2005 y así afirma que "en ningún caso se ha hecho publicidad de productos del tabaco".

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