El informe jurídico de la Junta sobre el estatuto de la US cuestiona los requisitos para ser rector
Universidad
Considera que debe valorarse como experiencia en gestión "cualquier cargo unipersonal contemplado en la ley universitaria"
La consejería también muestra su disconformidad sobre la composición del claustro
La US anunciará la fecha de las elecciones en abril

El informe elaborado por los servicios jurídicos de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía al proyecto de nuevo estatuto de la Universidad de Sevilla (US) hace consideraciones jurídicas a los requisitos recogidos para optar a ser rector, un asunto que ha enfrentado al catedrático de Análisis Geográfico Regional de la Universidad de Sevilla, Manuel Marchena, con la comisión de proyectos normativos.
"El artículo 25 del estatuto que examinamos dispone en su apartado 2 que podrá presentar su candidatura a rector o rectora el Personal Docente e Investigador (PDI) permanente doctor a tiempo completo que preste servicios en la Universidad de Sevilla" y que cumpla con los siguientes requisitos: tres quinquenios de docencia y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal contemplado en este estatuto", refiere el informe consultado por Europa Press.
Para los servicios jurídicos, cuyo informe -subrayan- no tiene un carácter preceptivo sino facultativo, esta exigencia es una "restricción" que "desaparece" en la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), que es la que obligaba a una adaptación de los estatutos universitarios.
"En cuanto a la exigencia de que el candidato acredite cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal, a nuestro juicio, no cabría circunscribirla a la adquirida en algún cargo unipersonal contemplado en este estatuto, sino que debería ser valorada la adquirida en cualquiera de los cargos unipersonales contemplados en la LOSU".
Otra consideración
Otra de las consideraciones que hacen los servicios jurídicos está relacionada con la composición del claustro, que el nuevo estatuto "establece que contará con 303 componentes, siendo tres de ellos miembros natos, y prevé que el personal de los cuerpos docentes y profesores laborales estarán representados con 153 miembros".
Según la LOSU, en el claustro, "el personal de los cuerpos docentes -funcionarios y laborales- tendrán una representación del 51%". Este artículo del nuevo Estatuto es "acorde" a la LOSU "si el cómputo del 51% se hace sobre 300 miembros del claustro, al excluir a los tres miembros natos; pero si se incluye en el cupo a estos miembros natos, entonces el personal de los cuerpos docentes estaría infrarepresentado, puesto que el 51% de 303 arrojaría un resultado de 155 y no de 153".
El claustro de la US aprobó el nuevo estatuto por 204 votos a favor, 17 en contra, dos votos en blanco y uno nulo, por lo que salió adelante con el apoyo del 91% de los votos. De esta forma, superó ampliamente el mínimo de votos necesarios, fijado en 127, al estar actualmente compuesto el claustro por 251 miembros. Votaron 224 claustrales, lo que situó el porcentaje de participación en el 89,2%.
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