Las multas contra la 'botellona' sólo reportan 105 euros en un año
Estado de ejecución del presupuesto Balance de la tramitación de sanciones
El Ayuntamiento no recaudó un solo euro en 2008 por este concepto y tan sólo se embolsó el 1,25% de lo previsto en el presupuesto municipal de 2009 · La Policía asegura que impone cientos de multas
Una previsión cumplida exclusivamente en un 1,25%. El Ayuntamiento de Sevilla sólo recaudó a lo largo del pasado año 105 euros por multas dictadas al al amparo de la conocida como Ley Antibotellona, el instrumento legal que -sobre el papel- debía reforzar a los consistorios en la lucha contra la ocupación de la vía pública para el consumo de alcohol con las consiguientes molestias para los vecinos. El informe oficial del estado de ejecución de los presupuestos municipales de los dos últimos años resulta absolutamente revelador. Si la previsión recaudatoria por este concepto en 2009 era de 8.000 euros y sólo se obtuvieron 105, en 2008 la cosa fue aún peor, pues no se recaudó ni un solo euro. El Ayuntamiento parte ya de por sí de una previsión de recaudación bastante baja (sólo 8.000 euros) para una ciudad como Sevilla, donde entre los ciudadanos más jóvenes está profundamente calado el hábito de beber en la calle. Fuentes de la Policía Local aseguran que el número de multas que los agentes imponen por el consumo de alcohol en la vía pública es muy elevado. Reprochan al Ayuntamiento que no ponga celo en la tramitación de estas sanciones, mientras que se aprecia un cada vez mayor interés en sacar adelante los expedientes de sanciones por multas de tráfico.
La Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía, más conocida como Ley Antibotellona, entró en vigor en noviembre de 2006. En un principio sirvió para que en ciudades como Sevilla se produjera un descenso fuerte en las grandes concentraciones de jóvenes en la vía pública, pero más de tres años después no parece un instrumento del todo eficaz para reducir este fenómeno que encrespa a los vecinos de zonas específicas. Al amparo de esta normativa, los ayuntamientos tienen potestad sancionadora con capacidad para interponer multas que oscilan desde los 600 euros para las faltas consideradas leves a los 60.000 euros en caso de faltas muy graves. Las autoridades municipales pueden incluso suspender las licencias de apertura y decidir la clausura de establecimientos por periodos de entre uno y cinco años, así como la inhabilitación de empresarios que incumplan la ley.
El Parlamento andaluz aprobó en 2006 con el único apoyo del PSOE-A la denominada Ley Antibotellona, que permite a los ayuntamientos regular y fijar espacios para este fenómeno, una norma que nació con la oposición frontal de IU, cuyos dirigentes hicieron un llamamiento a la "desobediencia civil". El PP se abstuvo sobre este texto legal. Y el PA, con representantes entonces en la cámara andaluza, la tildó de "represiva". La ley permite a los alcaldes inhabilitar a los empresarios que la incumplan y a los ayuntamientos determinar los espacios abiertos o botellódromos.
La norma da cobertura jurídica a los ayuntamientos para que las policías locales intervengan las bebidas de la botellonas, clausuren temporalmente los establecimientos infractores y precinten vehículos de venta ambulante.
La norma prohíbe la concentración de personas que consuman bebidas en la vía pública, salvo en los espacios indicados por la autoridad municipal con la intención de conciliar los derechos a la diversión y al descanso. Los comercios no pueden vender ni entregar bebidas alcohólicas después de las 22:00, aun cuando la venta se haya producido con anterioridad. Tampoco los establecimientos de hostelería y ocio nocturno pueden servir copas para su consumo fuera del recinto del local y del espacio autorizado correspondiente a terrazas.
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