El precio del gel desinfectante sube unos céntimos
El precio de venta al publico de los geles y soluciones hidroalcohólicas ha sido revisado al alza
Los nuevos importes máximos de venta al público acordados por la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, tanto de los geles desinfectantes como de los antisépticos -con el fin de garantizar el acceso a los productos recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19-, se han publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Se trata de una normativa firmada por la directora general de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, Patricia Lacruz Gimeno.
Así pues, se ha acordado la revisión al alza del precio de los geles y soluciones hidroalcohólicas, con autorización temporal de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), en los formatos de hasta 150 ml y de 151-300 ml aplicando un coeficiente corrector de 1,2.
De esta forma, los envases de hasta 150 ml tendrán un precio máximo de 0,025 euros/ml, con respecto al 0,021 establecido con anterioridad. El coste sube a un 0,021 euros/ml en los formatos de entre 151 y 300 ml, en lugar de 0,018, y se mantiene en 0,015 euros/ml el fijado para los envases de entre 301 ml y un litro (1.000 ml).
Por otra parte, los importes máximos de los antisépticos de piel sana autorizados por la AEMPS y con demostrada eficacia virucida, serán de 0,032 euros/ml en los formatos de hasta 150 mililitros. El precio baja, en esta ocasión, a 0,023 euros/ml para los envases de entre 151 y 300 ml; y a 0,015 euros/ml los que tengan entre 301 ml y un litro.
Los anteriores importes máximos son unitarios y precios finales con el IVA o, en su caso, el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) correspondientes.
No obstante, hay que tener en cuenta que este precio de venta al público se revisará con la periodicidad que la vigilancia de los precios de mercado requiera. Además, la nueva resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante el Secretario General de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOE.
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