Cómo solicitar la ayuda de la Junta de 525 euros para pensionistas que vivan de alquiler

Se establecen una serie de requisitos, como un mínimo de residencia legal en el domicilio objeto del complemento a la pensión

Cómo solicitar el complemento al Ingreso Mínimo Vital en Andalucía: requisitos, plazos y cuantías

Funcionarios atendiendo al público en una sede de la Junta de Andalucía.
Funcionarios atendiendo al público en una sede de la Junta de Andalucía. / E. P.

Los pensionistas que perciban una pensión no contributiva están de doble enhorabuena. A la revalorización de las cuantías en un 9% establecida por el Ministerio de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones para 2025, se le une el derecho a cobrar un complemento de 525 euros. Se trata de una ayuda dirigida a las personas que, o bien no han cotizado nunca, o bien lo han hecho de forma insuficiente a lo largo de su vida laboral.

El mínimo para recibir una pensión contributiva de jubilación es de 15 años. Pero existe una variedad de circunstancias que pueden suceder durante la vida de un trabajador, como la paternidad, una larga enfermedad o una separación, por las que es posible no alcanzar dicha cifra. No obstante, la Seguridad Social ofrece a estas personas el derecho a percibir una pensión no contributiva, así como otros complementos a su renta.

Requisitos para socilitar el complemento para el alquiler de vivienda

El importe de las pensiones no contributivas se calcula en base a los ingresos de la unidad de convivencia. Para este año 2025 se establece un importe máximo de 7.905,80€ anuales, distribuido en 14 pagas de 564,70€ mensuales para los hogares unipersonales. Ahora bien, la cuantía máxima se reduce si dentro de una misma familia conviven dos o más beneficiarios de una pensión no contributiva.

Para el complemento de estas cuantías, el Real Decreto 1191/2012 reconoce el "complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva". Se trata de una ayuda de 525 euros que pueden percibir los pensionistas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva , en la fecha de la solicitud y en la fecha de la resolución
  • Ser el titular del contrato de arrendamiento de la vivienda
  • Tener fijada su residencia habitual, en una vivienda alquilada con contrato de arrendamiento no inferior a un año y en la que ha residido en la misma durante los 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud
  • No tener relación conyugal ni de parentesco con el arrendador de la vivienda
  • Carecer de vivienda en propiedad

Así puedes solicitar el complemento

La gestión de esta ayuda está delegada a las comunidades autónomas, por lo tanto, los beneficiarios de una pensión no contributiva que reúnan los requisitos anteriores deben dirigir su solicitud a la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la provincia en la que residan. La ayuda puede tramitarse de forma telemática a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración o presencialmente en el registro que corresponda.

Los interesados deben cumplimentar el formulario específico publicado en la web de la Junta de Andalucía. A partir de su presentación, la administración dispone de un plazo de 3 meses para resolver la solicitud. En caso de silencio administrativo, se entenderá que la ayuda no ha sido concedida.

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