Ronda de Pío XII

La Audiencia absuelve a los seis policías acusados de hurto en una tienda y manda investigar a la mujer que los denunció

Un momento del registro de la tienda, el 19 de mayo de 2015.

Un momento del registro de la tienda, el 19 de mayo de 2015. / M. G.

El caso de los seis policías nacionales de la comisaría del Distrito Macarena a quienes la dueña de una tienda acusó de quitarle más de 17.000 euros y falsificar un acta de inspección ya tiene desenlace. La Audiencia de Sevilla, como habían pedido las defensas e incluso la Fiscalía, ha absuelto a los agentes, a todos, pero hay más. Lejos de conseguir la condena que pedía para ellos (cuatro años y medio de cárcel por hurto y falsedad en documento público, dos años de inhabilitación especial y una indemnización de 17.350 euros), la tendera pasará de denunciante a investigada. La Audiencia de Sevilla no sólo no ve motivos para dudar de la versión de los funcionarios, sino que piensa que la denunciante, su marido y una testigo que declaró a su favor mintieron en el juicio. Los jueces ordenan deducir testimonio contra ellos por la posible comisión de un delito de falso testimonio.

En la sentencia, fechada este 7 de junio, la Sección Séptima considera probado que el 19 de mayo de 2015, sobre las diez y media de la noche, los agentes inspeccionaron el establecimiento Dani, ubicado en la Ronda de Pío XII, porque uno de los policías se había enterado de que allí se vendía tabaco de contrabando. Este agente, José Manuel P.G., acudió junto a su compañero Alfonso G.P. Los otros cuatro, uniformados, realizaron funciones de apoyo y fueron allí porque era su turno pero “sin tener previo conocimiento” de cuál era la misión. El caso es que se incautaron de 156 cajetillas de contrabando cuyo valor no excedía de 15.000 euros, por lo que no instruyeron ningún atestado.

Los agentes también hallaron dinero en metálico “en lugares tan insólitos como la nevera” del establecimiento, lo colocaron en el mostrador y lo contaron, pero “no tuvo que ser finalmente intervenido” y lo dejaron en la tienda. Sólo José Manuel P.G. “introdujo en el bolsillo trasero del pantalón una bolsa” con “una cantidad de dinero indeterminada” y salió del local para interrogar al esposo de la dueña “acerca del origen” de esos billetes, aunque “con la intención de devolvérselos”. “No consta que no se los devolviera”, añade, al contrario de lo que denunció la tendera. “La prueba practicada inclina a albergar muy serias dudas sobre la fiabilidad de sus manifestaciones”, replica la Sala.

Cuando acabó su actuación, ese mismo agente “extendió el acta de intervención, reflejó la intervención y cantidad de tabaco aprehendido” y todos los funcionarios la firmaron. Durante la operación, la tendera y su marido “tuvieron libertad de movimientos”, así que “pudieron observar los movimientos de los agentes y colaborar con ellos, así como recibir y realizar llamadas a través de sus móviles”.

Esta es la tienda donde sucedieron los hechos juzgados por la Sección Séptima de la Audiencia. Esta es la tienda donde sucedieron los hechos juzgados por la Sección Séptima de la Audiencia.

Esta es la tienda donde sucedieron los hechos juzgados por la Sección Séptima de la Audiencia. / M.G.

Según el tribunal, para desvirtuar la presunción de inocencia se “exige la existencia de una mínima y suficiente actividad probatoria (...) de la que se pueda deducir la culpabilidad del acusado”. En este caso, “la prueba practicada no se estima suficiente para el dictado de un fallo condenatorio”. Entre otros indicios, los jueces se guían básicamente por la grabación de las cámaras de seguridad del negocio, que “no termina de revelar ningún acto concreto e inequívoco de apoderamiento” del dinero.

Frente a la acusación sobre la “supuesta actitud furtiva” de los policías, que según la denunciante contaron el dinero “a espaldas o a escondidas” de ella, la Sección Séptima no se anda con rodeos: “No es cierto”. Y agrega: “Estuvo presente y moviéndose con libertad en el interior de la tienda durante la intervención, incluso auxiliando a los funcionarios con bolsas y gomillas para el dinero”.

Respecto al supuesto delito de falsedad documental, sostenido en que el acta de intervención no fue extendida en el mismo momento y lugar del registro, los policías explicaron que la firmaron fuera de la tienda. “Con independencia de que se produce en un lugar sin cámaras de grabación, verdaderamente no encontramos razón para pensar que el acta se extendiera en otro lugar o momento distinto, ni el fin que ello pudiera haber tenido, teniendo en cuenta que no se discute el número de cajetillas aprehendido y su valor inferior a 15.000 euros”, alega la Sala.

La secuencia en que otra mujer, a la que también se investigará, se mete fajos de billetes en el sujetador. La secuencia en que otra mujer, a la que también se investigará, se mete fajos de billetes en el sujetador.

La secuencia en que otra mujer, a la que también se investigará, se mete fajos de billetes en el sujetador. / D.S.

En cuanto a las diferencias entre la versión de la denunciante y el relato de los policías, el tribunal tampoco aprecia “razones para otorgar mayor credibilidad a la denunciante y a su marido que a los funcionarios acusados”. En realidad sí cree más a los policías tras constatar en otra grabación que, después de la intervención de los agentes, la actividad de la tienda prosiguió “en un ambiente distendido” y no con el “miedo y estrés” que denunciaron sus regentes. En una de esas escenas aparece una mujer, que además compareció como testigo, que “se guarda fajos de billetes despreocupadamente en el sujetador”.

“La denunciante ha faltado a la verdad en múltiples aspectos de su declaración”, critican los jueces, que lamentan que pese a todo persistiera en su versión y que “por extensión" también lo hicieran su marido y su amiga, la mujer de los fajos. Esa actitud “se hace merecedora” de que se investigue "las manifestaciones vertidas en el acto del juicio oral” para dilucidar si constituyen un delito de falso testimonio y de que abonen las costas del juicio. Es decir, que entre los tres tendrán que pagar a los abogados de los policías.

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