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El Consejo Consultivo fija en 110.000 euros la indemnización por no detectar un cáncer de pulmón

Hospital Virgen del Rocío

Hospital Virgen del Rocío / Belén Vargas

El Consejo Consultivo de Andalucía ha dictaminado que la reclamación de los familiares de un paciente fallecido por cáncer de pulmón, que no había sido detectado, debe ser de 110.000 euros y no de 175.000 como reclamaba la viuda por una deficiente asistencia sanitaria en el Hospital Virgen del Rocío. La familia reclamó la falta de tratamiento del cáncer pulmonar que sufría el paciente y que le ocasionó la muerte el 21 de octubre de 2013. En el informe consta que cuando el paciente fue tratado de pólipos nasales, se le hizo un examen radiológico en octubre de 2010 donde se indicaba la detección de un nódulo pulmonar metastásico de 2,5 cm.

Según el dictamen del Consejo Consultivo, "no obstante y por razones inexplicables, no trascendió y, consecuentemente, el paciente nunca fue tratado de esa afección". Tres años más tarde, el 28 de agosto de 2013 y tras sufrir disnea del esfuerzo, se le diagnosticó un cáncer pulmonar en estadio IV que le ocasionó el fallecimiento el 21 de octubre de ese mismo año. El Consejo recuerda en su dictamen que la asistencia sanitaria debe prestarse "de la forma más ilimitada posible para procurar la sanación del paciente o la evitación del daño que puede provocar una determinada patología". 

La propuesta de resolución del Consejo Consultivo establece un importe de 110.000 euros, 90.158,83 euros para la viuda y 10.017,64 euros para cada uno de los dos hijos mayores de 25 años.

Este órgano es el órgano superior de consulta en la comunidad autónoma de Andalucía, al que están obligados a solicitar dictámenes el Gobierno y su Administración, las administraciones locales, las universidades públicas andaluzas y las corporaciones de Derecho Público. 

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