Familia y mascotas

El divorcio, con las mascotas por delante

  • Las mascotas también tienen custodia y régimen de visitas tras un divorcio

  • “Los jueces y fiscales andaluces muestran poca sensibilidad para buscar el interés del animal”

María Pérez Galván, en su despacho

María Pérez Galván, en su despacho

María Pérez Galván, abogada de Familia, pronuncia el próximo jueves una novedosa conferencia: va a abordar el papel de los animales de compañía en el ámbito del Derecho de Familia. En efecto, cada vez con más frecuencia se discute en las separaciones el futuro de las mascotas: con quién se quedan, quien pagará los gastos extraordinarios (veterinario, corte de pelo) y como será su régimen de visitas.

La abogada explica a este periódico que muchas personas siguen pensando que los animales son una propiedad privada. “El cónyuge que lo compró cree que tiene derecho a quedárselo tras el divorcio, no entiende que la mascota debe debatirse entre los temas a repartir”.

En materia de animales, “una cosa es la propiedad y otra el apego, el cariño y la afinidad”. Por eso generalmente los tribunales están decidiendo que la mascota vaya donde van los hijos del matrimonio divorciado, porque los menores suelen tener más apego a los animales. Igual que los hijos, las mascotas se reparten entre los progenitores en verano y vacaciones escolares.

Aproximadamente el 40% de las familias españolas tienen animales domésticos. María Pérez Galvan resalta que entre la ciudadanía hay suficiente cultura de alimentar correctamente a la mascota y recoger sus excrementos por la calle pero poca costumbre de planificar qué pasará con ella si la pareja rompe.

Por eso su consejo a quienes se separan es llegar con el tema resuelto y no esperar a que el juez resuelva. Igual que sucede con los hijos, pide que un miembro de la pareja no use a sus mascotas “para castigar a la parte contraria”.

“Lo deseable es que lo pacten de mutuo acuerdo y siendo generosos con el animal. Que la mascota siga teniendo sus dos referencias y no sienta que va a perder cariño”, recomienda la experta.

María cree que a los animales de compañía les afecta el divorcio de sus dueños, igual que se ponen tristes cuando se les saca de su rutina.

En su experiencia profesional ha tenido muchos divorcios en los que se discute sobre el perro o el gato pero no sobre tortugas, loros y otras mascotas de moda.

Pérez Galván va a exponer su ponencia sobre el régimen jurídico de las mascotas en el II Congreso Andaluz sobre derechos de los animales, que se celebrará el 3 y 4 de octubre en la Facultad de Derecho de Sevilla. Está organizado por la asociación Abogacía Andaluza por la Defensa Animal (AADA), compuesta por 150 profesionales de toda la comunidad, y el colectivo jurídico INTERcids de protección animal.

Pérez Galván explicará que los animales se integran en la categoría de bienes muebles, si bien el nuevo artículo 333 del Código Civil los define como “seres vivos dotados de sensibilidad” y “solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes en la medida en que sea compatible con su naturaleza”. Por tanto, “solo están sometidos parcialmente al régimen jurídico de los bienes o cosas”.

El propietario ha de ejercitar sus facultades de uso y disfrute del animal “atendiendo a su bienestar, evitando el maltrato, el abandono y la provocación de una muerte cruel e innecesaria”, según el repaso que hará la abogada.

Pérez Galván valora que algunas provincias españolas ya disponen de una jurisprudencia de sus Audiencias sobre las mascotas, entre otras las de Badajoz, León, Mallorca, Málaga, Madrid, Navarra, Pontevedra y Oviedo, que se inclinan por la permanencia de los animales allí donde se queden los hijos.

A su juicio, entre los jueces y fiscales andaluces hay “poca sensibilidad para buscar el interés del animal. Prefieren enfocarlo como si la mascota fuese una propiedad, como si lo contrario les pareciera frívolo”.

También analizará la Proposición No de Ley pendiente de resolver en el Congreso de los Diputados en la que se propone un tratamiento legal especial para los animales de compañía y ciertas medidas como declarar su carácter “inembargable”.

Pérez Galván destaca el papel de las mascotas en la sociedad actual, donde “parece que suplen la falta de relaciones humanas” y las personas los tienen “para volcar en ellos su ternura porque necesitan afecto y cariño”. Aún así, cree que en España la influencia norteamericana no ha llegado al campo de las animales y  “los españoles siguen volcando su solidaridad primero en los humanos”.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios