Secreto de Sumario

El derecho del paciente a conocer los riesgos

El derecho del paciente a conocer los riesgos El derecho del paciente a conocer los riesgos

El derecho del paciente a conocer los riesgos / juan carlos muñoz

La Justicia ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 30.000 euros a una paciente sevillana que sufrió unas complicaciones tras ser sometida a unas infiltraciones en un pie porque en el centro sanitario no le informaron de los riesgos que implicaba la intervención, dado que no firmó el “consentimiento informado” y todo ello a pesar de que con anterioridad ya había sido sometido a la misma técnica.

La paciente, de 36 años, se sometió en septiembre y octubre de 2015 a infiltraciones subtalares en el pie derecho, pero tuvo que acudir al servicio de urgencias al sufrir dolores, quedando ingresada en observación por “posible celulitis en relación con infiltración de fascitis plantar”, y posteriormente tuvo que ser sometida a una cirugía ante complicaciones infecciosas.

La abogada Inmaculada Santa Cruz Álvarez, de Santa Cruz Abogados, que ha logrado esta indemnización para la paciente, ha explicado a este periódico que lo más significativo de este caso es precisamente que la mujer ya se había sometido a unas infiltraciones para tratar esta dolencia en los años 2011 y 2012, sin que tuviera ningún efecto adverso. “Este argumento lo utilizó la defensa del SAS para afirmar que, en el peor de los casos, no era preciso el consentimiento informado de la paciente, porque ya era conocedora de la técnica”.

Sin embargo, la letrada de la paciente argumentó que el hecho de que conociera la técnica en sí misma, “no implicaba ser consciente de los posibles riesgos de la misma y una infiltración es un técnica invasiva que necesariamente precisa el consentimiento informado por escrito, una argumentación que utiliza el propio juez en su sentencia”.

Casi siete años solicitando la historia clínica y una resolución del SAS

Inmaculada Santa Cruz ha destacado, no obstante, que lo más penoso de este caso es que se ha llegado a esta sentencia después de “casi siete años solicitando la historia clínica y una resolución expresa de nuestra reclamación por vía administrativa por parte del SAS, porque era fundamental comprobar si ese consentimiento informado estaba en la historia o no, porque la paciente insistía en que no recordaba haberlo firmado”.

De hecho, la sentencia del juzgado de lo Contencioso-adminitrativo número 13 de Sevilla, a la que ha tenido acceso este periódico, explica que en este caso, la paciente “no tuvo toda la información disponible” porque el hecho de que las infiltraciones que se le realizaron años atrás hubieran tenido éxito “no conlleva necesariamente que conociera las complicaciones que pudieran surgir, y tampoco consta acreditado que recibiera un información verbal comprensiva de la técnica a emplear y de sus posibles riesgos y complicaciones”.

“De haberla tenido, podría haber decidido de forma diferente. No es obligación del paciente buscar por sí mismo la información atinente al caso; tampoco se ha de admitir que la información verbal dada a la paciente fuera adecuada ni suficiente; precisamente para evitar las dudas que pudieran generarse con la información facilitada se establece la obligación legal de suscribir el consentimiento informado”.

De esta forma, el juez considera que ha quedado acreditada debidamente la “relación de causalidad entre el daño reclamado, que reviste el carácter de antijurídico, y la asistencia sanitaria dispensada”.

El juez ha valorado las intervenciones quirúrgicas que precisó “para atender la complicación infecciosa surgida y para la reconstrucción en cirugía plástica, la limitación de movilidad del miembro, con limitación a la flexión plantar” y el perjuicio estético causado en el pie.

El SAS alegaba que conocía los riesgos porque ya se había infiltrado años atrás

La defensa del SAS se había opuesto a la demanda al estimar que se había prestado una asistencia sanitaria “acorde con la lex artis ad hoc, conforme a la situación que la paciente presentaba en cada momento en los que fue asistida, sin que se haya acreditado relación de causalidad entre la asistencia sanitaria prestada y las lesiones que ha sufrido”.

Añadía en este sentido que aunque no fue posible localizar el documento del “consentimiento informado”, la paciente era “perfecta conocedora de la técnica en cuanto que fue sometida a infiltraciones por el mismo motivo en el año 2011 y 2012”.

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