Una nueva ley chavista permitirá cerrar los medios que fomenten el "odio"
La Asamblea Constituyente venezolana aprueba por unanimidad la norma, que también prevé inhabilitar a los partidos políticos que incurran en delitos de intolerancia y "fascismo"
La plenipotenciaria Asamblea Nacional Constituyente instaurada por el oficialismo en Venezuela aprobó este miércoles en su Ley contra el Odio castigar con la clausura de aquellos medios que transmitan mensajes que incurran en los delitos contemplados en dicho texto.
"El prestador de servicios de radio o televisión que difunda mensajes que constituyan propaganda a favor de la guerra o apología del odio nacional, racial, religioso, político o de cualquier otra naturaleza serán sancionados con la revocatoria de la concesión", según se lee en uno de los artículos de la ley aprobada.
El texto establece multas para las personas jurídicas responsables de redes sociales y medios electrónicos que no retiren en un plazo de seis horas mensajes "de odio", así como sanciones de hasta el 4% de sus ingresos fiscales brutos a aquellos dueños de medios que se nieguen a publicar contenidos de promoción de la "tolerancia".
La ley, aprobada ayer por unanimidad y que entrará en vigor una vez que sea publicada en gaceta oficial, es un encargo personal del presidente, Nicolás Maduro, a la Constituyente para acabar con los supuestos mensajes "de odio" social, racial y político que según el oficialismo provocaron la ola de protestas contra el Gobierno que vivió el país entre abril y agosto de este año, que dejó 120 muertos.
Maduro ha amenazado repetidamente con tomar medidas contra los medios privados y las redes sociales, a las que acusa de favorecer a la oposición y boicotear los contenidos oficialistas.
Decenas de medios de comunicación han visto cerrar sus puertas en Venezuela desde que comenzara en 1999 la llamada Revolución Bolivariana por decisiones administrativas.
Por otro lado, esta norma contempla inhabilitar a los partidos políticos que promuevan el "odio" en el país, prohibiéndoles participar en elecciones en caso de que incurran en delitos de intolerancia y "fascismo".
La Constituyente explicó que los partidos que "promuevan el fascismo, la intolerancia o el odio nacional, racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, orientación sexual (...) y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación y la violencia no podrán ser inscritos" ante el Consejo Electoral.
Además, se le ordena a las organizaciones contemplar dentro de sus normas "la medida preventiva de suspensión" y de "expulsión" de sus militantes si alguno de ellos incide en los delitos mencionados. "En caso de abstenerse de incluir dichas normas o de iniciar tramitar o decidir oportunamente los procedimientos disciplinarios por estos motivos el Consejo Nacional Electoral revocará su inscripción", agrega.
Por último, también incluye el castigo con hasta 20 años de cárcel a quienes sean hallados culpables de promover "delitos de odio". El texto prevé asimismo penas de cárcel de entre 8 y 10 años para aquellos funcionarios policiales o militares que se abstengan o retarden su actuación contra los responsables de "delitos de odio" y privaciones de libertad de esa misma duración para el personal sanitario que discrimine a la hora de ofrecer atención.
Al finalizar la sesión, la presidenta de la Constituyente, la chavista Delcy Rodríguez, indicó que la Ley contra el odio fue aprobada como un nuevo camino de "espiritualidad" y es "un homenaje" a los venezolanos que perdieron la vida en las protestas, de las que culpa a los partidos de la oposición.
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