La juez toma declaración a los dos imputados por la tragedia de Alcalá
Se les atribuye un delito contra el medio ambiente y tres homicidios imprudentes
El juzgado de Alcalá de Guadaíra que investiga la muerte de tres miembros de una misma familia intoxicados con fosfina ha citado a declarar mañana en calidad de imputados a los dos responsables de las empresas investigadas por la presunta falta de control de los tapones con fosfuro de aluminio. La juez les atribuye un delito contra el medio ambiente en concurso con otros tres delitos de homicidio por imprudencia.
En un auto dictado el pasado 27 de junio, al que tuvo acceso este periódico, la juez Laura Ruiz Alaminos acordó citar como imputados a la encargada de la empresa de gestión de residuos peligrosos Alansu S.L., María Rosa S. M., y al responsable de una chatarrería, Reciclados Nivel, Pedro Antonio G. C., a los que se unen también como imputadas las personas jurídicas Alansu S. L. y Reciclados Nivel.
La magistrada pidió a estas sociedades que aporten la documentación correspondiente a los seguros de responsabilidad civil que pudieran cubrir su actividad, precisa el auto. Estas comparecencias se producen después de que la Fiscalía de Dos Hermanas solicitara la imputación de los dos responsables y de sus empresas, una vez acreditado que Reciclados Nivel se habría encargado de la gestión de los botes de aluminio y de los tapones que contenían la sustancia tóxica a pesar de que esta empresa no contaba con autorización alguna para el tratamiento de los residuos peligrosos. En el auto, la magistrada accede además a ampliar la imputación inicial -de tres delitos de homicidio imprudente- con otro delito contra el medio ambiente porque entiende que de las diligencias de investigación practicadas "se infiere indiciariamente" que la encargada de Alansu -empresa que sí contaba con la autorización para la gestión de los residuos peligrosos- realizó la entrega "sin cumplir con la legalidad vigente, vendiendo los botes de fosfuro de aluminio" a Pedro Antonio G. C., responsable de Reciclados Nivel.
Dice la magistrada que esta empresa "en ningún caso contaba con autorización para la gestión de tales residuos, unos residuos que, no custodiados ni gestionados de debida forma, fueron los que presuntamente se encontraron en el domicilio donde residían los fallecidos, concretamente en uno de los cuartos de baño de la vivienda, causando el desgraciado fallecimiento" de los tres miembros de la familia Caño Bautista: Enrique Caño, su esposa Concepción Bautista y una hija de 14 años.
La juez advierte de que los botes vendidos a la chatarrería tenían sus correspondientes tapones y contenían restos de la sustancia que "indiciariamente resultó mortal": el fosfuro de aluminio.
En el auto, la magistrada analiza el delito contra el medio ambiente, que castiga con penas de uno a dos años de cárcel a los que pongan en grave peligro la vida o la salud de las personas en la recogida, transporte, eliminación o aprovechamiento de residuos. Con esta argumentación, la juez concluye que los dos responsables de estas empresas deben declarar como imputados.
En el mismo auto, la instructora accede a la petición de la Fiscalía para que se intervengan los ordenadores de las personas jurídicas imputadas con el fin de que sean analizados por la Policía Judicial y en especial los ordenadores de las dos personas implicadas en la causa.
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