Sociedad

El juez reprocha al Ayuntamiento "el fallo clamoroso en seguridad" del Madrid Arena

  • El magistrado rechaza el recurso interpuesto por el Consistorio contra la imputación de cuatro cargos municipales.

El juez que instruye el caso del Madrid Arena, Eduardo López Palop, ha justificado en un auto la imputación de varios cargos del Ayuntamiento de Madrid ante "el fallo clamoroso en las medidas de seguridad más elementales" que se detectaron en el recinto donde fallecieron cinco jóvenes. Según el auto hecho público este viernes, el juez rechaza el recurso de interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid contra la imputación de cuatro responsables municipales: el ex delegado de Seguridad, Antonio de Guindos; la ex responsable del área de Seguridad, Fátima Núñez; el director general de Emergencias, Alfonso del Álamo, y el jefe de la Policía Municipal, Emilio Monteagudo.

El magistrado argumenta que "en un evento en el que aparentemente se produce un fallo clamoroso en las medidas de seguridad más elementales, parece razonable pensar que algo tendrán que decir los máximos responsables de seguridad del Ayuntamiento de Madrid". Recuerda que citar a alguien a declarar como imputado, con independencia de la repercusión mediática que pueda tener, "no supone juicio de disvalor alguno" para esa persona y no significa que posteriormente vaya a ser acusada y "mucho menos condenada".

Dado que el Ayuntamiento es el titular del recinto donde se produjo la tragedia en la madrugada del 1 de noviembre, el juez considera que si los responsables de seguridad del Ayuntamiento tienen algo que decir, "que lo digan". "Y si lo dicen es una garantía para ellos hacerlo en situación procesal de imputados, en la que no están obligados a declarar contra sí mismo y lo hacen con defensa y asistencia de letrado", añade el auto.

En respuesta al recurso, en el que Consistorio aseguraba que la situación de imputado era lesivo para la "fama y honor" de esas personas, Palop dice que "en modo alguno comparte ese criterio" y asevera que "quienes han sufrido un daño irreparable son las niñas fallecidas y sus familias". Sobre la alegación del recurrente de que algunas cargos se vieron obligados a dimitir como consecuencia de las imputaciones, el magistrado subraya que, "como nadie ha puesto en duda la honorabilidad de las personas" a las que se refiere el recurso, "cabe suponer que tales dimisiones se habían producido porque así lo entendía en conciencia la persona afectada". Por tanto, "lo que es seguro es que este juzgado no ha obligado a dimitir a nadie de nada".

Como datos "objetivos" que condujeron a la imputación de los cuatro responsables municipales, Palop cita el botellón "perfectamente ilegal" celebrado esa noche en un espacio público de titularidad municipal y que unos 2.000 jóvenes que participaron irrumpieron después en el pabellón, lo que contribuyó a la tragedia. Además, recuerda que todos los que han declarado hasta ahora han manifestado unánimemente que los efectivos de la Policía Municipal desplegados en el evento eran "notoriamente insuficientes" y no estaban situados en los puntos adecuados para controlar la situación.

En este sentido, el juez cree que estos imputados "estarán sin duda deseosos de explicar la situación" y si era cierta o no la "exigua" cantidad de policías desplegados y si esa "escasez" estaba relacionada con que el suceso se produce "al comienzo de un largo puente". También podrán explicar, agrega, por qué se permitió la celebración ilegal de un multitudinario botellón y la irrupción "confusa y tumultuaria" de los jóvenes en el Madrid Arena.

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