Pandemia de coronavirus

Sanidad propone a las comunidades cuatro niveles de alerta para unificar la lucha contra el Covid-19

  • Se trata de un sistema de indicadores y alertas que regularán las restricciones comunes a todos los territorios

  • El Consejo Interterritorial de Salud deberá ratificar el plan la próxima semana

El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, durante su comparecencia este pasado jueves.

El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, durante su comparecencia este pasado jueves. / EFE

El Consejo Interterritorial de Salud, donde gobierno y comunidades autónomas coordinan las políticas sanitarias, deberá ratificar la próxima semana la propuesta del Ministerio de Sanidad para crear un sistema de indicadores y alertas que regulen unas respuestas mínimas comunes de restricciones en todo el territorio ante la expansión del Covid-19.

El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, explicó este pasado jueves que el documento es la actualización del plan de respuesta temprana ante el Covid-19 aprobado a principios de verano, y con él se trata de evitar posibles desconfianzas en la población sobre las medidas que se tomen en cada territorio. El documento, aún por cerrar, será analizado en el Consejo Interterritorial de Sanidad, formado por el Ministerio de Sanidad y los consejeros autonómicos del ramo, que se reunirá el próximo miércoles.

La idea es establecer uno niveles de alerta (cuatro, según propone) para determinar "unas actuaciones mínimas, proporcionales" al nivel de riesgo de transmisión del coronavirus y que garanticen una coordinación suficiente entre las comunidades autónomas, según indica el texto.

En su tabla de Indicadores para la valoración del riesgo, Sanidad establece dos bloques para determinar la evaluación del nivel de transmisión y el nivel de utilización de servicios asistencial

Evaluación del nivel de Transmisión (Bloque 1)

En el bloque relativo a la evaluación del nivel de transmisión, destacan indicadores como la incidencia acumulada (IA) de casos diagnosticados en 14 días por cada 100.000 habitantes. En este sentido, se considera nueva normalidad si éstos se sitúan por debajo de los 20; de bajo riesgo si están entre 20 y 50; de riesgo medio si se sitúan entre 50 y 150; riesgo alto entre 150 y 250; y riesgo extremo si sobrepasan los 250.

Sin embargo, las cifras varían si se refieren a casos de más de 65 años confirmados, ya que se mantienen los indicadores de nueva normalidad y bajo riesgo, pero el riesgo medio se sitúa entre 50 y 100; el alto, entre 100 y 150; y el extremo es por encima de los 150.

Nivel de utilización de los servicios asistenciales (Bloque 2)

En el caso de hospitalización por casos de Covid-19, el borrador establece la nueva normalidad por debajo del 2%; el bajo riesgo entre el 2% y el 5%; el riesgo medio entre el 5% y el 1 %; el alto entre el 10% y el 20%; y el extremo por encima del 20%.

En cuanto a las camas de UCI, la nueva normalidad se sitúa por debajo del 5%; para el riesgo bajo es de entre el 5% y el 10%; para el medio, de entre el 10% y el 15%; para el alto, de entre el 15% y el 25%; y el extremo cuando se supere el 25%.

Territorios pequeños

Para los territorios pequeños, especialmente de menos de 5.000 habitantes, además de estos indicadores generales se tendrán en cuenta otros criterios como el número, la tendencia y la velocidad de cambio de los casos diagnosticados en los últimos siete y 14 días o la proporción de casos nuevos asociados a brotes.

Un camarero retira una mesa de un restaurante barcelonés ante la entrada en vigor este viernes del cierre de bares y restaurantes. Un camarero retira una mesa de un restaurante barcelonés ante la entrada en vigor este viernes del cierre de bares y restaurantes.

Un camarero retira una mesa de un restaurante barcelonés ante la entrada en vigor este viernes del cierre de bares y restaurantes. / EFE

Definición de los nivelas de alerta

El resultado de los indicadores de la tabla posicionará al territorio en un nivel de riesgo que se corresponde con cuatro niveles de alerta, cada uno de los cuales tiene asociado una serie de medidas. La decisión sobre qué medidas y cuándo aplicarlas será tomada por las comunidades autónomas y se pondrá en conocimiento del Ministerio.

Nivel de alerta 1: Al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel bajo y el resto de indicadores en nueva normalidad.

Nivel de alerta 2: Al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel medio y el resto de indicadores en un nivel inferior.

Nivel de alerta 3: Al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel alto y el del resto de indicadores en un nivel inferior.

Nivel de alerta 4: Al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel muy alto y el resto de indicadores en un nivel inferior.

Las medidas serán revisadas de manera periódica y el Ministerio de Sanidad podrá proponer recomendaciones en cada una de las comunidades autónomas, en colaboración con éstas, y en territorios concretos.

Actuaciones de respuesta

En el nivel 1 se limitan las reuniones a diez personas, una cifra que desciende hasta las seis en el caso de la alerta 2 y 3, mientras que para los tres niveles se prohibirá fumar en la vía pública cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad.

En cuanto a la actividad laboral, se recomienda fomentar el teletrabajo, restringiendo la actividad presencial y se propone establecer turnos para los trabajos con actividad presencial.

El borrador plantea aumentar la frecuencia de horarios para evitar aglomeraciones en el transporte público en los tres niveles y limitar el aforo al 60% en el nivel 2 y al 30% en el nivel 3. También establece que los parques y zonas de esparcimiento estarán abiertos con las medidas de prevención y protección individual adecuadas. Se prohibirá el consumo de alcohol.

Si un territorio es declarado en el nivel 4, además de las restricciones del nivel 3, se adoptarán "medidas excepcionales, tras una evaluación específica de la situación, que podrán incluir la limitación de la movilidad de las personas, cierres perimetrales u otras restricciones del movimiento".

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