Condenado por lanzar piedras a la basílica de la Macarena y a Omnium Sanctorum

El juez ha apreciado una circunstancia eximente incompleta por la esquizofrenia del acusado

Jorge Muñoz

20 de julio 2013 - 05:03

Un juzgado de lo Penal de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel Ángel M. R., de 51 años, por haber lanzado piedras a la basílica de la Macarena y a la parroquia del Omnium Sanctorum, donde causó diversos daños valorados en 637 y 1.954 euros, respectivamente. La sentencia del juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla ha apreciado en la conducta del acusado una circunstancia eximente incompleta, dado que el procesado padece una esquizofrenia residual y un trastorno de la conducta que se ve agravado por el consumo de alcohol y estupefacientes, lo que mermaba pero sin suprimir totalmente su capacidad intelectiva y volitiva, según refleja la sentencia.

De este caso se hizo cargo la Fiscalía de Patrimonio Histórico de Sevilla, dado que tanto la basílica de la Macarena como la iglesia del Omnium Sanctorum están declarados como monumento nacional y Bien de Interés Cultural (BIC). Precisamente por esta condición la calificación penal reviste mayor gravedad y debe ser castigada en el marco de los delitos contra el patrimonio histórico, en especial, el que refleja el artículo 323, que sanciona con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses a quien "cause daños en un archivo, registro, museo, biblioteca, centro docente, gabinete científico, institución análoga o bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, así como en yacimientos arqueológicos".

La Fiscalía solicitó en sus conclusiones definitivas una condena de nueve meses de prisión, pero el juez le ha impuesto finalmente una condena de seis meses de prisión y el pago de una multa de 360 euros, así como que indemnice a la parroquia de Omnium Sanctorum con los 1.954 euros por los daños causados, mientras que en el caso de la basílica Macarena no tendrá que abonar ninguna indemnización porque de la reparación se hizo cargo en su día la compañía aseguradora.

El juez ha declarado probado que sobre las cinco de la madrugada del 30 de enero de 2011, el acusado se acercó a la Macarena y lanzó piedras contra la basílica. Unos días después, el 9 de febrero, sobre las 20:30, lanzó piedras contra la parroquia de Omnium Sanctorum. Para el magistrado, estos hechos han quedado acreditados gracias a las manifestaciones de los testigos en el acto del juicio, así como por la propia declaración del acusado en la fase de instrucción, donde no admitió haber causado daños pero tampoco negó los hechos, limitándose a afirmar que "no recordaba" haber lanzado las piedras. Esta afirmación, recoge el fallo, "dista mucho de ser una negación categórica", y frente a la misma se alza la "narración clara, precisa y contundente" de los testigos que declararon en la vista oral, "sin que en el relato presentado se encuentre sombra de duda o contradicción, afirmándose de modo rotundo, tanto los daños, que además están peritados, como la autoría".

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