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La Audiencia ordena reabrir una investigación por una estafa de 104.900 euros con criptomonedas

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La Audiencia de Sevilla ha ordenado la reapertura de una investigación de una estafa de 104.900 euros con criptomonedas, después de que un juzgado ordenase el archivo en una resolución que el tribunal tilda de "estereotipada" y sin hacer ninguna referencia concreta a los hechos denunciados.

Un auto de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, al que ha tenido acceso este periódico, declara nulo la decisión del juzgado de Instrucción número 2 de Lebrija que acordó el archivo de las acutaciones en junio de 2022 y requiere al instructor para que se pronuncie sobre las diligencias de prueba solicitadas por el denunciante. Para el tribunal, el auto de archivo del juzgado lebrijano es una "resolución estereotipada sin concreta referencia alguna a los hechos denunciados y a las razones por las que se adopta la decisión de sobreseer las actuaciones", por cuanto considera que se produjo una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.

"El auto apelado se encuentra, por tanto, viciado de nulidad a tenor del artículo 238.3 de la ley orgánica del Poder Judicial, que contempla la nulidad de los actos judiciales que prescindan de normas esenciales del procedimiento", razona la Audiencia, que concluye que resulta "una contradicción decretar el sobreseimiento provisional y, simultáneamente remitir un oficio a la Guardia Civil para la averiguación de los hechos y del autor, como se indica en la parte dispositiva del auto recurrido". 

El Letrado José Antonio Sires, del bufete Sires abogados, que ejerce la acusación particular, ha mostrado su satisfacción por la decisión de la Audiencia. El letrado ha explicado a este periódico que el auto de la Audiencia Provincial se ha dictado "tras casi un año desde que se denunciaron los hechos ante la Guardia Civil, tal y como se evidenciaba claramente de la lectura de la denuncia, en la que se hacía palmaria la existencia de indicios racionales de criminalidad en los investigados y respecto de los hechos recogidos en el cuerpo de la denuncia".

El abogado José Antonio Sires, que ejerce la acusación particular. El abogado José Antonio Sires, que ejerce la acusación particular.

El abogado José Antonio Sires, que ejerce la acusación particular.

Para el abogado, la resolución de la Audiencia supone "un antes y un después y abrirá camino a muchos justiciables que se encuentren con resoluciones estereotipadas sin concreta referencia alguna a los hechos denunciados, a las razones por las que se adopta la decisión de sobreseer las actuaciones y en las que no se practique ninguna diligencia de investigación efectiva tendente al esclarecimiento de los hechos objeto de denuncia, a la identificación de las personas que en ellos hayan participado y el órgano competente para su enjuiciamiento, y permitirá al denunciante solicitar amparo a su derecho constitucional al acceso a la tutela judicial efectiva".

La denuncia recoge que el 10 de enero de 2022, el denunciante fue contactado por la empresa Coinbase Ireland Ltd., a través de la plataforma comercial “FCTrading”, que se dedica ser intermediario en la compraventa de bitcoin, como consecuencia de que la víctima había buscado con anterioridad información de esta índole en internet.

El denunciante abrió una cuenta en la referida plataforma comercial y comenzó a realizar "transferencias esporádicas a modo de inversión, con la finalidad de recuperar dichas cantidades e, incluso, aumentarlas". No obstante, posteriormente trató de retirar las cantidades invertidas desde su cuenta en la web de la empresa, percatándose de que "la opción de retirada estaba deshabilitada, por lo que era imposible proceder a la misma", tras haber realizado cuatro transferencias por un importe total de 104.900 euros.

Cada vez que la víctima solicitaba la devolución o desbloqueo de la cuenta "siempre encontraba la misma respuesta, que no era otra que requerirle el deposito de más cantidad de dinero". En este caso se investiga un delito de estafa de los artículos 248 y 250 del Código Penal y, subsidiariamente, un delito de apropiación indebida del artículo 253 del Código Penal frente a la mercantil Coinbase Ireland.

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