Intrusismo

Condenadas por intrusismo profesional la propietaria y la empleada de una óptica en Málaga

  • La empleada careció durante cerca de dos años de la titulación universitaria de óptico-optometrista y la dueña de la óptica conocía esta circunstancia

  • Fueron denunciadas por el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía

Un óptico-optometrista realiza un examen visual

Un óptico-optometrista realiza un examen visual / M. G.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga ha condenado a A.M.C. e I.R.A, empleada y propietaria de un establecimiento sanitario de óptica, ubicado en la provincia malagueña, a 6 meses de prisión por delito de intrusismo profesional, tras la querella presentada por el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía (COOOA). La institución colegial interpuso esta denuncia ante la verificación de que la empleada acusada, a lo largo del año 2018 y hasta el mes de septiembre de 2019, cuando finalmente obtuvo el título de graduada en óptica y optometría, ejercía las labores propias de la profesión sin contar en este periodo con la titulación académica necesaria.

Además, el COOOA también denunció la contratación de A.M.C. por parte de la propietaria I.R.A para que desempeñara las funciones de óptico-optometrista a sabiendas del incumplimiento de los requisitos legales para ello, de lo que fue advertida por parte del COOOA para que regularizara esta situación y no acató.

Los servicios jurídicos del Colegio, tras llevar a cabo un proceso de investigación, se personaron como acusación particular presentando una querella en los juzgados de Málaga por delito de intrusismo profesional, previsto y penado en los artículos 403.1 y 403.2 b) del Código Penal. Por ello, el Juzgado condenó a ambas como "criminalmente responsables de un delito de intrusismo con la concurrencia de la atenuante de reparación del daño, a la pena para cada acusada de seis meses e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena y costas procesales"”. En este sentido, las acusadas, asistidas por su Letrado, mostraron su conformidad con la calificación y penas solicitada por el Ministerio Fiscal y acusación particular.

Tras conocer el resultado de la sentencia, la presidenta del Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía, Blanca Fernández, ha celebrado el resultado y ha afirmado que es "otro paso más en la constante labor de este Colegio Profesional para regularizar las situaciones profesionales irregulares en establecimientos y consultas y en la lucha denodada contra el intrusismo profesional. Animamos a ciudadanos y colegiados a informar de sospechas de prácticas delictivas que pueden perjudicar tanto a nuestro colectivo como a la sociedad".

"Se trata de la segunda sentencia favorable en este ámbito que obtenemos en solo unos meses, tras la emitida por el Juzgado de lo Penal de Sevilla, lo que pone de manifiesto que la persecución de este tipo de prácticas es una de las prioridades de nuestro Colegio y que estamos realizando un importante esfuerzo en denunciar que personas no cualificadas puedan ejercer libremente nuestra profesión, ya que constituye un verdadero riesgo para la salud de la población andaluza", subraya Fernández.

En este sentido, desde el Colegio Profesional se recuerda que el óptico-optometrista es el profesional sanitario de la visión de atención primaria, cuya figura laboral está regulada por la Ley 44/2003 de Ordenación de profesiones sanitarias y que, para su pleno ejercicio, se requiere estar en posesión del título universitario correspondiente de diplomado o graduado en Óptica y Optometría.

Tras la resolución favorable de la sentencia, Blanca Fernández destaca que el Colegio, a través de sus servicios jurídicos, "continúa trabajando incesantemente, con la ayuda de la población y nuestros profesionales, para asegurar que personas sin titulación universitaria no puedan ejercer como óptico-optometrista, con el objetivo de seguir respaldando los derechos de nuestros colegiados y velando por la salud visual de los andaluces".

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