Facebook permite condenar a casi cuatro años de cárcel a un hombre que agredió a otro en una discoteca de Sevilla

Lesiones

El TSJA ratifica la pena de tres años y nueve meses de prisión que la Audiencia de Sevilla impuso a un varón por estampar de forma "gratuita" un vaso en la cara de otro hombre al que no conocía de nada

La víctima y dos parientes suyos identificaron al agresor en sus redes sociales después de entrar primero en las de su novia, que era amiga de un conocido de los tres, ya que todos eran vecinos de El Viso del Alcor

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Las redes sociales han sido claves para resolver un caso de agresión en una discoteca de Sevilla.
Las redes sociales han sido claves para resolver un caso de agresión en una discoteca de Sevilla. / D.S.

Identificado y condenado gracias a las fotografías que colgó en su perfil de Facebook. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de casi cuatro años de cárcel que la Audiencia de Sevilla impuso a un hombre por estampar de forma "absolutamente gratuita" un vaso en la cara a otro joven al que no conocía de nada, un suceso que ocurrió en una discoteca y en cuya resolución fueron fundamentales "la tecnología y el uso masivo de redes sociales por la ciudadanía". De hecho, el agresor fue identificado por la víctima después de que otro vecino del pueblo de todos, El Viso del Alcor, les dijese que era el novio de una conocida suya. A través de la cuenta de esta mujer en Facebook dieron con el agresor.

En una sentencia dictada el 15 de febrero y facilitada por la oficina de comunicación del TSJA, la Sala de lo Civil y Penal desestima el recurso de apelación del condenado y confirma la resolución adoptada el 20 de octubre de 2021 por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, que impuso a Manuel Jesús B.G. tres años y nueve meses de prisión por un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso con la agravante de alevosía y el pago de una indemnización de 3.539,83 euros más intereses a favor de la víctima.

Los hechos ocurrieron sobre las 4.30 de la madrugada del 18 de febrero de 2018. La víctima estaba en una discoteca de Sevilla, en una celebración familiar junto a su hermano y varios primos, cuando "de pronto, sin haber surgido ningún incidente ni mantenido ningún tipo de discusión previa", se dirigió hacia él Manuel Jesús B.G., de 34 años, y sin venir a cuento "le estrelló un vaso de cristal en la cara". Después huyó.

El agredido, que no conocía al agresor, sufrió múltiples heridas incisas faciales. La más grave fue en la punta de la nariz, donde el impacto del vaso hizo que incluso el cartílago quedase a la vista. Tuvo que pasar por una cirugía plástica y como secuela le quedan varias cicatrices en la cara, aunque gracias al trabajo de los médicos ya son "escasamente visibles".

En su recurso ante el TSJA, el nuevo abogado del condenado pidió la absolución, negó la agresión y alegó que su cliente se marchó del local antes de la hora en que el denunciante y sus testigos situaron el suceso. También critica al juez de Instrucción y al anterior letrado de Manuel Jesús por no haber pedido más pruebas. A eso sumó que la víctima no identificó al investigado en la comisaría, que no se pidieron a la discoteca las cámaras de seguridad, que no se tomó declaración a los acompañantes del acusado o que la Policía se limitó a dar por bueno el reconocimiento que del acusado hizo el denunciante por sus fotografías colgadas en Facebook. Y además se preguntó si detrás de su incriminación podía haber "alguna venganza no confesada" porque ambos eran vecinos del mismo pueblo, en concreto El Viso del Alcor.

El TSJA rechaza con matices todos los razonamientos de la defensa y empieza refiriéndose a la agresión como "absolutamente gratuita y sorpresiva" para a continuación recordar que la Audiencia de Sevilla basó la condena en el reconocimiento que de la identidad del encausado hicieron la víctima y dos de sus acompañantes aquella noche, su hermano y su primo. Estos dos últimos "indagaron por su cuenta" unos días después del suceso "gracias a una casualidad", ya que hasta entonces no tenían ninguna pista de quién había sido el agresor. Este no fue interceptado en la discoteca por "el factor sorpresa" de su acción lesiva y por la proximidad de una puerta de salida por la que "escapó a toda prisa".

La casualidad fue que un conocido del hermano de la víctima, también vecino de El Viso, había estado en la discoteca aquella noche y conocía al acusado porque era el novio de la hermana de otro residente en la localidad. Y a través de ese comentario confirmaron que Manuel Jesús había estado en el local porque ese vecino se lo había encontrado en la puerta cuando se marchaba y el otro "le había confesado que acababa de partirle a uno un vaso en la cara".

"Comoquiera que la víctima, su hermano y su primo habían visto el rostro del agresor porque les vino de frente, con estos datos comenzaron a hacer sus pesquisas por Facebook consultando el perfil de la joven con la que salía el posible agresor", prosigue el TSJA. Y así hasta que dieron con su perfil, del que obtuvieron su nombre y dos fotografías por las que llegaron a reconocerlo como el hombre de la discoteca.

Los magistrados reconocen que la resolución del caso se produjo "gracias a la tecnología y el uso masivo de redes sociales por la ciudadanía", aunque también convienen con la defensa en que la investigación policial y judicial "podría haber sido más completa". En cualquier caso, también matizan que el acusado "ni siquiera ha ofrecido los nombres de las personas que lo acompañaban" y que "tampoco era previsible" que la discoteca conservara las imágenes de las cámaras cuando comenzó la investigación, un mes y medio después de los hechos.

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