Condenan a un vecino de Sevilla Este que amenazó a un médico del 061 mientras atendía una urgencia sólo porque la ambulancia taponaba su garaje
Sucesos
La Audiencia de Sevilla ratifica la exigua multa de 90 euros que le impuso otro juez por empujar al galeno: "Te voy a arrancar la cabeza y te voy a matar", le dijo al sanitario mientras este atendía una urgencia
Nueve de los trece narcotraficantes condenados por el supermercado de la droga de Burguillos no irán a la cárcel

Cinco años están a punto de cumplirse desde que empezó la pandemia de coronavirus y los profesionales de la sanidad en España, con toda justicia, pasaron a ser aplaudidos y considerados héroes, pero de aquel trance parece que no salió una sociedad mejor sino una idéntica o peor a la que había antes del confinamiento. Lo puede atestiguar un médico del 061 que, al ir a atender una urgencia en una calle de Sevilla Este, fue víctima de la ira de un vecino por el simple hecho de que la ambulancia, que no estaba allí por capricho, le impedía entrar en su garaje. “Te voy a arrancar la cabeza y te voy a matar”, le espetó el poco o nada comprensivo residente. También le dio un empujón, y por esto último fue condenado. La pena no era gran cosa, una multa de sólo 90 euros, pero aun así la recurrió. Para nada, ya que la Audiencia de Sevilla ha dado por buena la sentencia.
El “altercado” ocurrió el 25 de junio de 2023 en la calle Cueva de Menga. El denunciado amenazó al denunciante diciéndole las ya referidas frases y “además de ello le llegó a dar un empujón, sin causarle lesiones”. El motivo era que el vecino había pedido a la víctima, “que ejercía funciones de sanitario del 061 y que asistía a una urgencia” en el lugar del incidente, “que se retirara la ambulancia y no entorpeciera el acceso al garaje con el vehículo del propio inculpado”.
“Al encontrarse ofuscado por no lograr su propósito, reaccionó desconsideradamente para con el facultativo de urgencias y lo amenazó y maltrató levemente”, explicaba la sentencia inicial, dictada el 19 de marzo de 2024 por el Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla, que impuso al acusado la pena de un mes de multa a razón de tres euros diarios, con arresto sustitutorio en caso de impago, por un delito leve de malos tratos de obra.
Contra esa sentencia formuló un recurso de apelación la representación del condenado. El asunto recayó en la Sección Cuarta de la Audiencia, que acepta “sustancialmente” los hechos que recoge la sentencia impugnada y desestima todas las alegaciones del recurrente. Por tanto, confirma la resolución más la pena y además les da firmeza, ya que su sentencia no admite más recursos ordinarios.
Uno de los argumentos del vecino era que el primer juez había errado al valorar las pruebas que hubo en el juicio. La más importante fue la declaración del médico y la Audiencia ya avisa de que “ningún error patente o manifiesto se advierte en la valoración probatoria llevada a cabo” por su compañero del juzgado de Instrucción respecto a un testigo que “fue persistente en la incriminación, sin contradicciones esenciales ni ambigüedades”.
Durante el juicio, el médico explicó que dejaron estacionada la ambulancia del 061 “por una urgencia” que además calificó de “vital”. Él bajó y abrió el vehículo y en ese momento, “mientras el enfermero y el técnico bajaban al paciente en la camilla”, el vecino “le dijo hijo de puta y que le iba a reventar la cabeza y le dio un empujón en el brazo”. “Un leve empujón integra el delito leve de maltrato de obra por el que el denunciado fue condenado”, ratifica la Sala.
El relato del médico, creíble ya de por sí para los jueces, adquirió más “verosimilitud” gracias al testimonio de otros testigos, como los dos compañeros que iban con él en ese operativo del 061. “Señalaron de modo esencialmente coincidente que sí hubo insultos y amenazas”, refiere la Audiencia. El primero de ellos, además, vio al acusado “dar con la mano y tocar” a la víctima, mientras que el segundo aseguró que “llegó a haber un contacto, un empujón”.
El juez de instrucción y ahora la Audiencia consideran que la prueba contra el encausado “no queda desvirtuada” por la declaración de su hijo, que defendió a su padre pero “reconoció que no veía desde el balcón la parte trasera de la ambulancia”, que es donde sucedió todo. Los magistrados tampoco dan importancia a la denuncia de otra residente a favor de su vecino, “pues a la postre parece que también fue afectada por el aparcamiento de la ambulancia”. “Llegó a afirmar que los sanitarios iban de déspotas y maleducados sólo por ir totalmente enfrascados en el trabajo, lo cual desde luego es no sólo deseable sino también exigible a un servicio de urgencias”, replica la Sección Cuarta.
También te puede interesar
Lo último

Dios, a la intemperie
Eduardo del Rey Tirado
Esa luz
La ventana
Seis viernes sin carne en la dieta
El parqué
De menos a más

Tribuna Económica
Carmen Pérez
O tro 0,25% menos