Caso Marta del Castillo

El juez ratifica el archivo de la última línea de investigación contra el hermano de Carcaño

  • El juez recuerda que sobre los hechos investigados "ya existe una sentencia", por lo que no se puede volver a juzgar los hechos sobre los que ha recaído dicha sentencia

  • Y asegura que "no hay elementos suficientes para pretender una reapertura" de la causa contra el hermano "ni de manera genérica".

Miguel Carcaño, en uno de los traslados al juzgado.

Miguel Carcaño, en uno de los traslados al juzgado. / EFE

El juez confirma que no investigará al hermano de Miguel Carcaño por la falsedad de los documentos que éste presentó para obtener la hipoteca del piso de León XIII, donde se produjo el asesinato de Marta del Castillo hace ya más de 12 años. El juez de Instrucción número 4 de Sevilla, Álvaro Martín, ha ratificado su decisión de archivar la última línea de investigación abierta en febrero de 2020, al recordar que sobre estos hechos "ya existe una sentencia", de un lado, por lo que se trata de "cosa juzgada", y también porque a su juicio "no hay elementos suficientes para pretender una reapertura" de la causa contra el hermano, Javier Delgado, de otro.

La abogada de los padres de Marta, Inmaculada Torres, presentó un recurso de reforma en el que alegó que se había vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución, al considerar que se había llevado a cabo "un juicio indiciario excesivo que anticipa una sentencia absolutoria, considerando que concurren elementos relativos" Javier Delgado que permitirían afirmar su participación en los hechos investigados.

La familia había alegado igualmente la procedencia del recurso por la ausencia de diligencias que consideran esenciales, entre las que se encuentran la petición de piezas de convicción que obran en la Audiencia Provincial; la práctica de una pericial con el tensiómetro presuntamente utilizado por Miguel Carcaño para comprobar la muerte de Marta; un informe pericial sobre los posicionamientos telefónicos, declaraciones como investigados; reconstrucción de los hechos, entre otros aspectos.

Sobre la primera de las alegaciones, el instructor sostiene que "no es que el auto recurrido adelante una sentencia, es que sobre los hechos que nos ocupan ya existe una sentencia, que queda amparada por el valor de cosa juzgada y sólo por medios extraordinarios cabe mutar lo que en ella se ha establecido, tanto como hechos acreditados, como como personas penalmente responsables".

Así, explica que la familia presentó el 12 de febrero de 2020 una solicitud de reapertura para comprobar "hechos nuevos que se presentan", en atención a la cual, se decretó al reapertura, señalando ya que la investigación "habría de atenerse a las previsiones de los autos de 26 de junio de 2013 de este juzgado y al de 26 de mayo de 2014 de la Audiencia provincial de Sevilla", que en su día avalaron el archivo de la investigación contra el hermano de Carcaño.

Una vez practicada las actuaciones policiales para la comprobación de lo interesado, prosigue el juez, se concluyó con la existencia de "un nuevo dato objetivo cual es que el 2 de junio de 2008 Miguel Carcaño y su hermano Javier Delgado suscribieron un préstamo hipotecario, que les era imposible afrontar, de modo que contrataron un segundo préstamo, éste con la entidad BBVA, con el fin de cancelar el anterior, para cuya obtención se presentó una documentación falsa. Igualmente resulta de la investigación que, tras estas maniobras, el inmueble ya hipotecado quedó a nombre de Miguel, que carecía de capacidad para hacer frente a la obligación crediticia contraída, así como que, probablemente, recibió una pequeña cantidad del total del dinero solicitado a crédito".

Dice el juez que "sólo este elemento objetivo se aporta" y su alcance penal es "bien exiguo, pues la contingencia de una pelea entre los hermanos" ya fue tenida en cuenta en el año 2013 cuando se investigó la séptima versión de Carcaño, en la que culpaba a su hermano de haber dado muerte a Marta con un golpe con una pistola.

En este sentido, el magistrado precisa que la resolución ahora recurrida "razonaba sobre la falta de entidad de ese nuevo hallazgo, remitiéndonos ahora a lo ya expuesto, sin que se precisen nuevos elementos, por más que la parte quiera entender que ello no es conforme a derecho", a lo que añade que "la realidad es que no hay elementos suficientes para pretender una reapertura de la causa ni contra Javier Delgado, al que parecía dirigirse en origen la petición de reapertura, ni de manera genérica, como parece resultar del cúmulo de pruebas que se vienen a solicitar".

La familia de Marta recurrirá en apelación a la Audiencia

La causa por el asesinato de Marta del Castillo, insiste el auto, se encuentra "con sentencia firme y sólo la presentación de datos objetivos nuevos, que aporten líneas no descartadas en el anterior procedimiento o que revelen evidencias trascendentes, puede permitir una nueva investigación como la que ahora se intenta. No es sólo una cuestión de utilidad u oportunidad, sobre lo cual se informa por el Ministerio Fiscal en su informe de 19 de marzo de 2021, con argumentos que aquí se acogen, sino que tampoco existe base para reabrir la instrucción de un asunto ya sentenciado".
Para que pudiese alcanzarse un resultado como ése, concluye, "sería preciso se diesen las circunstancias previstas en los artículos 954 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Crimninal, o la concurrencia, respecto de terceros no enjuiciados por estos hechos o enjuiciados a título distinto del que se venga a pretender, la concurrencia decimos de elementos de entidad suficiente para acordar la investigación judicial y, como ya se ha razonado, no es este el caso, dada la falta de trascendencia de los datos nuevos aportados", asevera el auto.La familia de Marta del Castillo, que no está conforme con la decisión del juez, presentará un recurso de apelación contra este auto para que la Audiencia de Sevilla se pronuncie sobre si debe o no reabrirse la investigación por estos hechos.

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