Opinión

El derecho al voto de los discapacitados

Francisco Rosales de Salamanca.Notario

Francisco Rosales de Salamanca.Notario / DS

Ha pasado desapercibida la última reforma de la Ley Electoral, que deja sin efecto las limitaciones al derecho de voto que hasta la fecha hayan sido declaradas judicialmente.

Solo he visto un hilo comentando el tema en Facebook, y las reacciones eran un fiel reflejo de lo que es la España actual: una mezcla de ignorantes sentando cátedra y tratando de arreglar el mundo desde el sofá, unido a la suma de prejuicios que todos dicen que no existen en España, pero que van en nuestro ADN.

Antes de opinar conviene saber de qué y por qué hablamos; o lo que es lo mismo, qué dice la ley y por qué lo dice.

Empecemos aclarando que la ley es estatal, y que es de 5 de diciembre, por lo que es posterior a las últimas elecciones andaluzas (con lo que pueden ir callándose la boca los que en ese grupo de Facebook buscaban conspiraciones)

La ley se limita decir (luego veremos otras cosas): "Las personas a las que se les hubiere limitado o anulado su derecho de sufragio por razón de discapacidad quedan reintegradas plenamente en el mismo por ministerio de la ley".

No anula las sentencias de incapacitación (que también algún mendrugo lo dijo). Simplemente en España los jueces, en atención al grado de discapacidad, al dictar sentencia, fijan qué actos no puede realizar el incapaz (entre ellos podrían limitar el derecho de voto, y el efecto producido es que dichas personas dejaban de estar en el censo electoral).

El debate de la capacidad para el ejercicio de un derecho fundamental, como es el derecho al voto, es un debate peligroso, pues se corre el riesgo de empezar a discutir qué facultades mentales hay que tener para poder votar, y puede acabar en un demagógico debate sobre otras capacidades intelectuales (de hecho en el grupo de Facebook, ya había quien sostenía que para votar hacían falta unos mínimos estudios).

Para entender el fenómeno de la discapacidad, quizás lo más honesto por mi parte sea reconocer que soy discapacitado, pues con medio siglo de vida, y teniendo vista cansada e hipermetropía, lo cierto es que no puedo leer sin usar gafas.

¿No nos acordamos del colegio cuando al que llevaba gafas le llamábamos sin piedad cuatrojos?. No es que los niños sean crueles, es que a medida que crecemos enmascaramos nuestra crueldad y nuestros temores.

Hablar de lo grave o menos grave de una minusvalía puede ser un debate muy peligroso, y no es peligroso considerar diferente a otra persona (pues todos somos diferentes) sino porque corres el riesgo de considerarte superior, por poder hacer cosas que otros no pueden hacer (pues eso es violar la dignidad inherente a todo ser humano).

Ante la minusvalía no hay que ofrecer caridad (que es una virtud) sino soluciones (que es una obligación).

La minusvalía es un hecho, y por supuesto que hay muchos tipos de minusvalía, pero no es el prioritario graduarlas o clasificarlas; la prioridad ha de ser siempre buscar qué soluciones necesita una persona para resolver su problema concreto.

Obviamente para conocer la solución hay que conocer el problema; sin embargo centrarse exclusivamente en el problema no es una solución; y sobre todo supone correr el riesgo de limitarse a señalar al diferente, y asumir que sólo el que no es diferente es normal, y por tanto tiene más dignidad.

¿Por qué esta reforma?

Pues no porque un grupo de políticos ambiciosos traten de aprovecharse de ancianos y discapaces (¿quién no es discapaz?) sino porque el Comité de los Derechos de Personas con Discapacidad de la ONU nos ha pegado a los españolitos un buen tirón de orejas.

Es cierto que la cosa podría ser peor, de hecho el Tribunal de Derechos Humanos, el 20 de mayo de 2010, le pegó un más severo rapapolvo (y multa económica) a Hungría donde su constitución (eso no pasa en España) priva directamente del voto a todo incapacitado por sentencia firme.

¿Entonces ahora los viejos chochos y los locos pueden votar?

Nunca he sido políticamente correcto, y desde luego no lo era ese grupo de Facebook, donde sin ningún tipo de piedad se usaban esas palabras.

Las palabras son palabras, no ofenden, ofenden las personas; pero sobre todo ofenden las palabras en función al contexto en el que son usadas.

El derecho al voto es un derecho fundamental, quizás tan fundamental, que hay quien se plantea si no es un derecho, sino una obligación (aunque puedas cumplir tu obligación no votando).

La discapacidad no precisa de limitaciones, sino de soluciones (igual que la presbicia necesita gafas), y esa es tanto la  normativa de la ONU, como la normativa española.

La discapacidad limita realizar algunas actividades. Sin embargo, no hay dos discapacidades iguales, ni las limitaciones son absolutas y permanentes.

Con su prosa del siglo XIX ya regulaba el Código Civil el testamento del loco en un intervalo lúcido (obviamente otras son las palabras que usa hoy en día) pero lo cierto es que eso es prueba de que en nuestro país hace mucho que se entiende que hay derechos fundamentales (uno de ellos es el de disponer de nuestros bienes cuando fallezcamos) cuya capacidad de ejercicio ha de ser analizada, no a priori, sino justo en el momento en el que trata de ejercitarse ese derecho.

Esa es la reforma que se ha producido, y no otra, pues junto al texto que os he copiado literalmente, también la reforma dice: "Toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera". 

La ley lo único que hace es limitar la posibilidad de privar del voto a priori a una persona, y determinar que la capacidad para votar (definiendo capacidad con un triple requisito -consciencia, voluntad y libertad-) ha de analizarse sólo en el momento del ejercicio del derecho al voto.

¿Quién se ve beneficiado por esta ley?

Obviamente los discapacitados por sentencia firme, que ven cómo recuperan un derecho fundamental y pueden participar de los asuntos públicos, como cualquier otro ciudadano, por lo que dejan de ser una especie de ciudadanos de segunda categoría.

Pero también se ven afectados los miembros de las mesas electorales, que siguen teniendo la obligación de impedir un voto emitido sin consciencia, sin voluntad o sin libertad.

Entiendo que es más cómodo el no tener que hacerlo, y que ello puede provocar una cierta conflictividad el día de las elecciones, más en el fondo, supone reforzar que la democracia, pues esta consiste en que todos nos implicamos en la  gestión de los asuntos públicos (y no en meter una papeleta en un sobre, cada vez que toca).

También los notarios nos vemos afectados, dado que la ley nos da el cargo de fedatarios electorales (por cierto todas las actuaciones que los notarios hacemos como fedatario electorales son gratuitas).

Entre esas actuaciones el artículo 72.c de la Ley Electoral respecto al voto por correo de personas con discapacidad dispone: "En caso de enfermedad o incapacidad que impida la formulación personal de la solicitud, cuya existencia deberá acreditarse por medio de certificación médica oficial y gratuita, aquélla podrá ser efectuada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente mediante documento que se extenderá individualmente en relación con cada elector y sin que en el mismo pueda incluirse a varios electores, ni una misma persona representar a más de un elector. La Junta Electoral comprobará, en cada caso, la concurrencia de las circunstancias a que se refiere este apartado".

Hasta ahora, cuando hacíamos esos poderes, nos limitábamos a comprobar que la persona tenía capacidad para otorgar un poder notarial; a partir de ahora, además de eso, habremos de comprobar que el poder es otorgado por quien de forma consciente, voluntaria y libre quiere ejercer el derecho al voto (aunque lo correcto es decir que quiere cumplir con su obligación de votar).

Son falsas por tanto las afirmaciones que veía en el grupo de Facebook en las que se afirmaba que ahora los partidos irían por las residencias de ancianos y centros de discapacitados captando el voto (entre otras cosas porque eso es, y sigue siendo delito).

Si no son falsas  esas acusaciones, no es porque los partidos hagan o dejen de hacer algo; sino porque los ciudadanos encargados de velar porque el voto se emita de forma consciente, libre y voluntaria, no hemos cumplido nuestra obligación, y en tal caso si es cierto que la sociedad española está discapacitada.

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