abusos sexuales

Condenado a cárcel "el Canicas" por abusar de la hija de su ex pareja e inducirla a huir de casa

El caso fue juzgado y sentenciado por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla.

El caso fue juzgado y sentenciado por la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla. / D.S.

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años y medio años de cárcel a un varón por un delito continuado de abusos sexuales, otro de exhbicionismo y un tercero de inducción de menores al abandono del domicilio familiar, después de que abusase sexualmente de la hija de su expareja sentimental, le mostrase imágenes de sus órganos sexuales y le alentase a dejar el domicilio familiar de Barcelona para regresar a Sevilla junto a él.

En una sentencia emitida el pasado 17 de octubre, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla declara probado, tras declararse culpable el acusado y mostrar su conformidad, que el mismo, apodado "el Canicas", inició en 2009 una relación sentimental con una mujer que tenía una hija de una relación anterior, una menor que entonces contaba unos siete años de edad.

Tras finalizar la relación del acusado con esta mujer, que duró unos dos años, ambos "siguieron manteniendo la amistad dado que las respectivas familias se conocían de siempre", además de que el encausado tenía un hijo de la misma edad de la hija de su expareja, sobre la que ejercía "un papel parental, siendo habitual que uno y otro se visitasen en los respectivos domicilios", en un municipio de la provincia de Sevilla.

"Así las cosas, hasta enero de 2015, el inculpado "desarrolló con una frecuencia casi diaria actos con la menor consistentes en un inicio en abrazos y besos en la cara, para con carácter progresivo llegar a realizarle tocamientos por encima y por debajo de la ropa, alcanzando sus partes genitales, los pechos y besarle en la boca"; aprovechando "la estrecha relación inicialmente sentimental y después de amistad que mantenía con la progenitora" de la víctima, según la sentencia.

Abusos "habituales"

Y es que "era habitual que mientras que ella trabajaba, el encausado permaneciera en la vivienda junto a la menor, realizando las prácticas sexuales descritas en las distintas estancias de la casa; conductas que de la misma manera y sin ser visto ejecutaba en su propio domicilio, dado que la vivienda tenía varias plantas y le resultaba fácil mantener a solas los encuentros sexuales con la menor".

"En una de las ocasiones, en tiempo indeterminado pero en todo caso contando la menor con menos de 13 años, estando el encausado y la víctima en el sofá del domicilio de ésta, tomó los pies de la menor para refregarlos en sus genitales; asimismo y en idéntico contexto temporal, aprovechó la circunstancia en la que su expareja le solicitó que acompañase a la menor al ambulatorio, para durante el trayecto y en el coche, besarla en la cara y por todo el cuerpo al tiempo que le decía que era suya".

Según el relato de hechos probados, en enero de 2015, la expareja del acusado y su hija trasladaron su lugar de residencia a un municipio de la provincia de Barcelona, tras lo cual la Navidad de 2018, el inculpado envió una felicitación a la chica a través de las redes sociales y ya cuando ella había alcanzado los 16 años de edad, "ambos reanudaron la comunicación y comenzaron a contactar por llamadas telefónicas y por Messenger, de manera que el encausado, sin cesar en su ánimo libidinoso y a través de este último medio, le envió fotografías en las que se visualizaban sus genitales, solicitándole a cambio imágenes en las que apareciera desnuda".

Viaje de Barcelona a Sevilla

Según el relato de hechos probados, el inculpado trasladaba a la menor "que le echaba de menos, que estaba enamorado de ella y que se trasladase" junto a él. El 19 de marzo de 2019, según la sentencia, la adolescente, "tras sustraer a su madre la cuantía de 200 euros y dejarle una nota en la que le decía haber ido a dar un simple paseo, se dirigió al aeropuerto de Barcelona, donde tomó un vuelo con destino a Sevilla", donde el acusado le "alentó" a reunirse con él en su municipio de residencia.

El relato de hechos probados concluye que tras advertir la madre la desaparición de su hija, "interpuso denuncia" ante los Mossos d' Esquadra y "tras pesquisas policiales, se logró contactar con el encausado, quién sabiéndose descubierto", esperó a que la menor llegase al lugar donde había planteado reunirse con ella "y la entregó voluntariamente en dependencias policiales".

Por todo ello, la Sección Séptima de la Audiencia condena al inculpado, de conformidad con el mismo, a dos años y medio de prisión por un delito continuado de abusos sexuales con la atenuante de dilaciones indebidas y otro de exhbicionismo, una multa por un tercer delito de inducción de menores al abandono del domicilio familiar, 12 años de prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella y una indemnización de 12.000 euros. 

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