CLÁUSULAS ABUSIVAS

Anulan una deuda bancaria por la “letra minúscula” del contrato

  • Es ilegal un contrato que sólo se pueda leer con lupa

Anulan una deuda bancaria por la “letra minúscula” del contrato

Anulan una deuda bancaria por la “letra minúscula” del contrato

El tamaño sí importa. Un contrato de tarjeta de crédito con una letra “minúscula”, inferior a los 1,5 milímetros legales, ha servido a una usuaria sevillana para verse libre de una demanda de 2.989 euros que le planteó el banco por créditos no devueltos.

El juzgado de primera instancia 1 de Dos Hermanas no considera acreditada la parte del crédito no devuelta pero, sobre todo, declara que las condiciones financieras del contrato son “abusivas por falta de claridad”, según los requisitos de la Ley General para la Defensa de los Consumidores.

La juez hace referencia en su sentencia a que la segunda hoja del contrato está encabezada por la rúbrica “Reglamento de tarjeta de crédito” y añade que aparecen “a continuación lo que suponemos serán las condiciones financieras del crédito, si bien se encuentran en un tamaño de letra minúsculo que impide su lectura salvo que se utilicen mecanismos de aumento”.

“La utilización de dicho tamaño de letra hace que las condiciones financieras deban ser consideradas abusivas por falta de claridad” según la Ley para la Defensa de los Consumidores, pues no cumple la exigencia legal de tener un tamaño mínimo de 1,5 milímetros. 

Por otra parte, de la documental aportada por la entidad financiera “no resulta acreditado cual es el crédito del que ha hecho uso la demandada y que no haya sido ya devuelto”.

Una entidad financiera a la que el banco cedió la deuda reclamó a la joven por su tarjeta de crédito y otros gastos derivados, en total casi 6.000 euros. Su abogado se opuso porque la cuantía total reclamada no resultaba justificada, la cesión del crédito no le había sido comunicada y además se había fijado un “elevado tipo de interés remuneratorio”.

Argumentó, por otra parte, que se trataba de un contrato con cláusulas abusivas, las condiciones financieras no existían y el texto era ilegible.

La sentencia es firme, contra ella no cabe recurso y la entidad financiera pagará las costas del proceso.La joven no solo se ha ahorrado los 6.000 euros que le exigía la financiera sino que la sentencia abre la vía para reclamar todo lo cobrado de más anteriormente: la juez le dice que no ha hecho su petición por el cauce procesal oportuno pero podrá hacerlo por abusividad de las cláusulas del contrato.

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