Sentencias

Una sentencia obliga a devolver 2.600 euros de intereses cobrados de una tarjeta revolving

Una tarjeta de crédito.

Una tarjeta de crédito. / europa press

Los Servicios Jurídicos de OCU en Sevilla han conseguido que el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Sanlúcar la Mayor anule los intereses de una tarjeta revolving Carrefour Pass por considerarlos abusivos con motivo de la falta de transparencia en la contratación, tal y como pedía el demandante. Como consecuencia de ello, se condena a la financiera a devolver los más de 2.600 euros ya abonados por el titular de la tarjeta y a dejar de requerir el resto de los intereses que excedieran el capital prestado. Es más, deberá abonar los intereses legales sobre la cantidad cobrada, así como las costas procesales causadas.

La sentencia recoge cómo la cláusula de intereses que hay en el contrato no incorpora destacado alguno y, además, el tamaño de letra es tan pequeño que, aunque llega al milímetro y medio que exige la legislación, la cláusula no puede considerarse legible ni comprensible. Por todo ello, considera que el contrato no cumple con las exigencias de transparencia, claridad, concreción, sencillez y legibilidad exigibles.

Una decisión que se fundamenta en el artículo 7 de la Ley de condiciones generales de la contratación (LCGC): “No quedarán incorporadas al contrato las condiciones generales que el adherente no haya tenido oportunidad real de conocer de manera completa al tiempo de la celebración del contrato ni las que sean ilegibles".

OCU Sevilla recuerda que las tarjetas revolving incorporan un sistema de capitalización de intereses que puede llevar a un efecto “bola de nieve” que hace que su amortización se eternice para el prestatario. Y anima a los afectados por este tipo de tarjetas a demandar a la financiera en el caso de que consideren que ha existido falta de transparencia en la contratación.

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