Violencia de género

Incendió una casa y torturó a sus animales por una denuncia de maltrato

  • La víctima fue el policía local que atendió a una mujer denunciante de maltrato 

El condenado poseía un arma sin licencia

El condenado poseía un arma sin licencia

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años y ocho meses de cárcel impuesta a un vecino de Castilblanco de los Arroyos que torturó a dos perros, mató a unos gallos e incendió una casa de campo con su dueña dentro. Lo hizo en venganza porque el propietario de la finca, policía local, había tramitado una denuncia por violencia de género contra el acusado.

El incendio se produjo en la noche del 25 de junio de 2012. El acusado consiguió entrar en la casa de campo y primero causó un orificio en el cuello y destrozos en el hocico de un perro mastín. Luego mató a dos gallos retorciéndoles el cuello y finalmente causó heridas en una pata a un perro labrador.

A continuación prendió fuego a varios muebles y una pequeña choza situada junto a una barbacoa y finalmente apiló unos troncos junto a la puerta de entrada de la vivienda, les prendió fuego y arrancó la instalación de gas butano, provocando una fuga.

La Audiencia de Sevilla condenó a F. M. R. a cuatro años de cárcel por un delito de incendio con riesgo para las personas, cuatro meses por maltrato animal y otros cuatro meses de cárcel por tenencia ilícita de armas ya que poseía una carabina sin licencia. La sentencia, ratificada en su integridad por el Tribunal Supremo, añadió 2.084 euros de indemnización por los daños ocasionados, de los cuales 1.184 euros fueron por el valor de los animales muertos.

El Tribunal Supremo recoge que el condenado actuó así porque el dueño de la parcela, un policía local de Castilblanco, había recibido una denuncia de la esposa del acusado por violencia de género y le aconsejó seguir su tramitación. Finalmente las diligencias fueron archivadas por el juzgado de Violencia contra la Mujer, sin que conste que el policía tuviera intervención en las mismas.

El condenado intentó, sin éxito, que el Supremo anulase su condena basándose en la falta de pruebas y en que el policía local actuó de esa manera, supuestamente, por antiguas rencillas familiares y porque ambos habían tenido distintos altercados. Pero, según el alto tribunal, la condena se basó en el testimonio de la principal testigo, esposa del agente, que en ese momento estaba en el interior de la vivienda y que fue “coherente en su relato y firme en el reconocimiento del acusado”. La mujer “narró con todo lujo de detalles lo sucedido” y su relato fue  ratificado por los dos policías locales que elaboraron un atestado y vieron los vestigios del incendio.

F. M. R. argumentó, como falta de pruebas de su intervención, que no se había podido establecer de qué manera causó las lesiones mortales a los perros, pero el TS responde que el no haber “indicado con toda precisión con qué instrumento se lesionó a los animales no es esencial para atribuir el hecho a su autor”. Tal extremo no pudo acreditarse por la descomposición de los cadáveres al ser exhumados. 

Por este delito de maltrato animal F. M. R. es inhabilitado durante un año y medio para ejercer cualquier tipo de trabajo relacionado con los animales.

El acusado, entonces de 51 años, quedó en libertad tras ser detenido por la Guardia Civil. En 2013 fue detenido de nuevo, al no comparecer a declarar como imputado. Al no respetar la citación para acudir al juicio que se celebró en la Audiencia de Sevilla, el tribunal decretó su busca y captura en enero de 2018. Tras la vista, ordenó su prisión provisional hasta mayo de 2020.

 

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios