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El problema del ruido

El juez da la razón a los vecinos de Palmera Parque afectados por un salón de celebraciones

  • Sentencia que el Ayuntamiento debe revisar de oficio la licencia concedida por la "indefensión" que han sufrido los vecinos

  • Ve "indicios suficientes de nulidad" en el trámite por el que se dio licencia al salón de celebraciones de la familia Gamero-Cívico de la Lastra

El salón de celebraciones Huerta de las Palmeras está pegado a las viviendas de Palmera Parque.

El salón de celebraciones Huerta de las Palmeras está pegado a las viviendas de Palmera Parque. / C. P. (Sevilla)

Los tribunales han dado la razón a los 500 vecinos de Palmera Parque, en la barriada Pedro Salvador, que llevan años sufriendo los ruidos de un salón de celebraciones con música en directo y para 400 personas que el Ayuntamiento autorizó sin calificación ambiental y con una simple declaración responsable, a muy pocos metros de las viviendas cuando estas ya estaban construidas y habitadas.

En una sentencia del Juzgado de lo Contencioso 9 de Sevilla, emitida el 6 de marzo de 2019, el juez ordena al Ayuntamiento que revise de oficio la licencia de obras, como demanda la comunidad de propietarios.

Según el fallo judicial existen "indicios suficientes de nulidad de pleno derecho del acto administrativo por el que se concedió la licencia de obras" para un salón de celebraciones al no darse un "trámite fundamental del procedimiento" como fue no considerar a la comunidad de propietarios de Palmera Parque como parte interesada en este procedimiento.

El cortijo que acoge el salón de celebraciones Huerta de las Palmeras, que linda por detrás con las viviendas. El cortijo que acoge el salón de celebraciones Huerta de las Palmeras, que linda por detrás con las viviendas.

El cortijo que acoge el salón de celebraciones Huerta de las Palmeras, que linda por detrás con las viviendas. / A. S. A. (Sevilla)

El juez califica de "simulacro de expediente administrativo" la documentación que ha aportado el Ayuntamiento y lamenta que no se notificó a la comunidad de propietarios la concesión de la licencia de obras, "lo que hubiera permitido impugnar aquella resolución". 

Considera que la comunidad de propietarios ha sufrido "indefensión" por parte del Ayuntamiento de Sevilla por no haberla considerado como interesada en el procedimiento administrativo para conceder la licencia de obras, pese a que los vecinos lo solicitaron en tres ocasiones en 2016 (31 de marzo, 20 de abril y 2 de junio).

Contradicción de Urbanismo

La sorpresa vecinal ha sido la reacción del Ayuntamiento a esta sentencia. El Consistorio se niega a revisar de oficio la licencia y ha presentado una apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía 8TSJA). Los vecinos critican "que la Gerencia de Urbanismo se niega en rotundo a una simple revisión y control de oficio para subsanar posibles errores en el procedimiento de concesión de la licencia de obra, lo que denota que no siguió la legalidad vigente y que prefiere apelar antes que dar explicaciones a la ciudadanía".

La sorpresa vecinal es que el Ayuntamiento se niega a revisar de oficio la licencia y ha presentado una apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Los vecinos creen que con esta apelación el Ayuntamiento intenta alargar el procedimiento hasta después de las elecciones municipales del 26 de mayo.

El Ayuntamiento, según el texto de la sentencia, alegó que no cabe declarar la nulidad del acuerdo que concedió la licencia de obras porque "no existen defectos en el procedimiento administrativo que justifiquen la estimación del recurso" y por considerar que no se ha agotado la vía administrativa.

El salón de celebraciones tiene suspendida la declaración responsable que le otorgó el Ayuntamiento, pero el establecimiento no para de hacer obras de mantenimiento como si fuera a retomar la actividad en breve

El salón de celebraciones tiene suspendida la declaración responsable que le otorgó en su día el Ayuntamiento a raíz de la publicación en este periódico de la polémica vecinal a finales de 2018, pero los vecinos denuncian que el establecimiento no para de hacer obras de mantenimiento en las últimas semanas como si fuera a retomar la actividad en breve.

Un cortijo de la familia Gamero-Cívico 

El salón de celebraciones autorizado se llama Huerta de las Palmeras y se sitúa en un cortijo propiedad de la familia Gamero-Cívico de la Lastra en el número 10 de la carretera de Su Eminencia. El salón lo explotaba en alquiler exclusivo el Grupo La Raza hasta que a finales de 2018 rescindió el contrato ante la polémica y las quejas de los vecinos publicadas por este periódico. El salón se sigue publicitando en internet para eventos y bodas.

El salón de celebraciones es Huerta de las Palmeras y se sigue publicitando en internet para eventos y bodas

El salón de celebraciones carece de la calificación ambiental, obligatoria por norma municipal hasta julio de 2018, y solo cuenta con una declaración responsable

El Ayuntamiento modificó en julio de 2018 la ordenanza de actividades para eliminar esa obligación de calificación ambiental para "salón de celebraciones independiente de otra actividad". La calificación ambiental es importante para este tipo de instalaciones porque supone un estudio serio de las afecciones por ruido que provoca un local.

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